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El más grave daño causado por el atentado a las Torres Gemelas

El 11 de Septiembre del 2001, a las 8:30 PM, el presidente de Estados Unidos, George W. Bush le hablaba a la nación: “Los ataques terroristas pueden sacudir los cimientos de nuestros edificios principales, pero no pueden tocar los cimientos de Norteamérica”.

Hoy, a 16 años del ataque a las Torres Gemelas, la revisión de la situación actual sobre las libertades civiles, nos indica todo lo contrario a lo sostenido en aquel entonces, y que los terroristas, quizás en una consecuencia no deliberada del todo, lograron derribar el concepto firmemente arraigado en la mentalidad americana sobre la vida, la libertad y el derecho a perseguir la felicidad.
Ningún evento en la historia ha cambiado más la forma de relacionarnos, que los trágicos eventos del 11 de septiembre. Más allá de la pérdida de casi 3000 personas, el agujero causado en la economía estadounidense de cerca de 11 billones de dólares y el gasto multimillonario aprobado para la guerra global contra el terrorismo, los ataques al World Trade Center de Nueva York y al Pentágono sacudieron los pilares económicos de los US, en momentos en que atravesaban por una recesión. Pero no fueron los daños más graves.

John Stuart Mill, el gran economista y filósofo, observó en el siglo XIX que “a menudo causa admiración la gran rapidez con que se recuperan los países de cuadros de devastación, la pronta desaparición de los rastros del daño efectuado por terremotos, inundaciones, huracanes y los estragos de la guerra”. En ese sentido, las pérdidas económicas, a pesar de una lenta recuperación aunada a otros factores, finalmente se fue dando.

La verdadera perdedora ha sido la idea de la libertad, como suele suceder tras acontecimientos tan dramáticos; la lucha contra el fenómeno terrorista planteó importantes problemas dogmáticos que afectaban a los principios estructurales del Estado de Derecho. En efecto, se puso en juego la tensión dialéctica entre los principios de libertad y seguridad, que siempre ha sido una constante a lo largo de la historia de la humanidad y la balanza se inclinó hacia la primera en perjuicio de la segunda. Hay que recordar que en esos días, en los US, cualquier ciudadano tenía miedo a abrir la correspondencia por si contenía ántrax, no es de extrañar que leyes que en cualquier otro momento habrían sido resistidas por los ciudadanos por la erosión de sus libertades, ahora se imponían hasta con beneplácito de los mismos. Por mucho tiempo los estadounidenses habían disfrutado y apoyado toda la gama de estas libertades, que van desde las garantías a la libertad de expresión y tolerancia de las diversas religiones hasta la garantía de igual protección ante la ley.
Ahora sólo decían: “Aquí tienen nuestros derechos fundamentales, ahora nos cuidan y protegen”, cerrando el trato sobre la limitación de los mismos a cambio de una más confortable seguridad.

La legislación antiterrorista en los US.

La primera respuesta contra el terrorismo fue la Orden Ejecutiva (13224) dictada por el presidente Bush el 24 de septiembre de 2001, sobre financiación terrorista (Executive Order on Terrorist Financing. Blocking Property and Prohibiting Transactions with Persons who Commit, Threaten to Commit or Support Terrorism), por medio de la cual se bloqueaban los bienes de 27 personas y organizaciones terroristas vinculados a al-Qaeda.

El 9 de noviembre de ese mismo año, el presidente dictaba una nueva Orden Ejecutiva para la preparación de los ciudadanos en la guerra al terrorismo (Citizen Preparedness in War on Terrorism Executive Order), por la que se creaba un grupo de asalto (Task Force) para preparar a los ciudadanos a reaccionar ordenadamente en lugares públicos de un posible atentado terrorista en los EEUU; y apoyar a las autoridades sanitarias en prevenir y responder ante un posible ataque terrorista.

Sin embargo, la Ley antiterrorista, la USA Patriot Act (Uniting and Strengthening America by Providing Appropiate Tools Required to Intercept and Obstruct Terrorism) aprobada el 26 de octubre de 2001, sería la que modificaría la legislación completa en esta cuestión. La USA Patriot Act , cuyo nombre delimitaba claramente a sus opositores con la etiqueta de antipatriotas, en todo su articulado, eliminaba de raíz las garantías constitucionales básicas de detenidos e introducía medidas que violaban la privacidad de los ciudadanos bajo pretexto de facilitar la guerra contra el terrorismo.

Gracias a los nuevos poderes reconocidos por la Ley antiterrorista, el FBI podía vigilar la correspondencia y las comunicaciones a través de Internet o por teléfono de los sospechosos de vínculos con el terrorismo, concepto sin una clara y concreta definición. El “pinchazo” lo podía decidir en algunos casos un Fiscal federal, sin autorización judicial por 48 horas. Se establecía que con un único permiso judicial se podían pinchar todos los teléfonos que pudieran ser usados por un presunto terrorista, mientras que siempre fue necesaria una orden judicial por cada línea telefónica. La nueva Ley tipificaba el ciberterrorismo cuando los ataques informáticos generaran pérdidas superiores a 5.000 dólares.

También se obligaba a las empresas de Internet a entregar el registro de actividad y los correos electrónicos de un sospechoso. Además, se facilitaba el intercambio de información pinchada entre las diferentes agencias gubernamentales. Gracias a esta ley que convertía a todos en sospechosos, el FBI podía ahora acceder, entre otras fuentes, a la lista de libros que los ciudadanos americanos retiraban de las bibliotecas, para analizar si sus hábitos de lectura concordaban con el perfil de alguien perteneciente a una organización terrorista. Sobre esta cuestión, que puso en alerta a muchas bibliotecas del país, el presidente Obama dijo en la conferencia anual de 2005 de la American Library Association que él creía en una lucha contra el terrorismo que no pisoteara los derechos civiles y que no le gustaba “que los agentes federales fisgoneen en nuestras bibliotecas”. Sin embargo, Obama terminó apoyando las disposiciones de la USA Patriot Act.

Además, la Ley permitía a la policía detener a extranjeros residentes sin necesidad de formular cargos contra ellos durante siete días, lo cual era una mejora procesal, si se tiene en cuenta que el Fiscal General Ashcroft había solicitado una detención “indefinida y registrar domicilios sin autorización judicial previa”. Tampoco era necesaria la intervención judicial para pinchar las conversaciones entre reclusos y abogados, cuando existiera una sospecha razonable para creer que el detenido pudiera usar las comunicaciones con sus abogados para facilitar actos de terrorismo. De otra parte, se podía condenar como terroristas a quienes alojaran en sus casas a personas, si tenían “bases razonables para creer” que estaba relacionado con actividades terroristas.

En definitiva, todo este conjunto de medidas adoptadas por el Gobierno americano desde los atentados del 11 de septiembre constituyen la expansión más fuerte del Poder Ejecutivo desde la guerra fría.

Pero, sin lugar a dudas, la más polémica de las medidas adoptadas por el Ejecutivo ha sido la creación de Tribunales militares “de excepción” para juzgar a ciudadanos extranjeros sospechosos de participar en actividades terroristas, o poner en peligro la seguridad nacional en virtud de la Orden Presidencial de 13 de noviembre de 2001 (Detention, Treatment, and Trial of Certain Non-Citizens in the War against Terrorism), cuyo antecedente se origina en 1942 con el presidente Roosevelt. Después de los atentados del 11 de septiembre, el presidente Bush, que sin una declaración de guerra del Congreso de los US, había proclamado el estado de emergencia nacional el 14 de septiembre de 2001 (Proc. 7463, Declaration of National Emergency by Reason of Certain Terrorist Attacks), acudió a este precedente para justificar el establecimiento de Tribunales militares de excepción para extranjeros acusados de terrorismo.

Aunque sus defensores hayan sostenido que los Tribunales militares que se han organizado cumplen el Código Normalizado de Justicia Militar, la situación no es aceptable en el marco del Estado de Derecho. Y ello porque este Código exige un juicio público y sin demoras, el derecho a confrontar a los testigos y acceso a las pruebas en contra, el derecho a pedir un jurado de ciudadanos corrientes e imparciales que decida si las pruebas demuestran la culpabilidad más allá de toda duda razonable, y el derecho de elegir abogado, la unanimidad en la condena de muerte y, sobre todo, la posibilidad de recurso de apelación ante civiles confirmados por el Senado.

Y ninguno de esos derechos fundamentales se encontraban reconocidos en la resolución militar presidencial por la que se establecían Tribunales para las personas calificadas como terroristas antes de juicio. Posteriormente se introdujeron modificaciones al precisarse que los Tribunales militares que juzgaran a extranjeros por cometer actos de terrorismo contra los US sólo podrían imponer la pena de muerte por unanimidad, dado que en un principio se había estudiado la posibilidad de imponer la pena de muerte simplemente con dos tercios de los votos, mayoría que sigue siendo necesaria para decidir la condena. Los Tribunales aplicarán legislación civil y militar, siendo los acusados considerados inocentes hasta que se demuestre su culpabilidad más allá de toda duda razonable, aunque, sin embargo, pueden admitirse como pruebas “simples rumores”. Como en un consejo de guerra, el abogado defensor (militar o civil) tendrá acceso a todas las pruebas, salvo las que puedan suponer un riesgo para la seguridad nacional.

La ola de miedo no tardó en extenderse globalmente, especialmente en algunos países que vieron en este clima la excusa perfecta para aumentar sin demasiada oposición sus posibilidades de control y autoridad. Tanto fue así, que tan solo un año después de los atentados del 11-S, Reporteros Sin Fronteras ya advertía de que “la Red puede muy bien figurar en la lista de ‘daños colaterales’ de la deriva generalizada de la seguridad”. Así, pocos meses después de los atentados, en Alemania se aprobaron las medidas Otto-Katalog, que permitían a las autoridades acceder a datos de los ciudadanos como informaciones relativas a intercambio de e-mail y en Canadá se aprobó la Ley Antiterrorista que permitía por primera vez que un servicio del Ministerio de Defensa efectuara escuchas telefónicas de cualquier ciudadano, sean o no canadienses. Leyes semejantes se aprobaron también en países como Italia o Dinamarca.

Otra consecuencia no deliberada fue con respecto a la inmigración.

Los ataques terroristas también condenaron el futuro prometedor de 12 millones de inmigrantes indocumentados que se hallaban a las puertas de la legalización.
Cinco días antes del atentado, los presidentes de Estados Unidos, George W. Bush, y de México, Vicente Fox, habían firmado un acuerdo para regularizar las permanencias de entre 2 y 3 millones de trabajadores sin papeles, la mayoría campesinos.
Los terroristas que cometieron el ataque del 9/11 eran extranjeros con permiso de estadía. Ello aumentó la desconfianza y el miedo, al punto que la inmigración indocumentada se convirtió en un asunto de seguridad nacional. Después del 9/11 nada fue igual para los inmigrantes sin papeles.

El terrorismo no es un fenómeno coyuntural sino estructural, por lo tanto la lucha contra el mismo ni puede ser de tipo militar (caso de US), ni puede realizarse mediante la adopción de normas excepcionales y extraordinarias (caso del Reino Unido), sino a través de la legislación ordinaria, de conformidad con los principios inherentes a un Estado de Derecho. La lucha que plantea el terrorismo debe ser una inteligente y el Estado de Derecho, dada la complejidad del problema planteado, debe desarrollar su acción contra el mismo con instrumentos jurídicos, policiales, financieros y políticos, procurando la coordinación nacional e internacional, pero siempre sin eliminar su propia lógica existencial. La solución no está en las respuestas militares ni en las guerras preventivas. Aunque sea, al menos en cierta medida, asumible el principio de vulnerabilidad de las sociedades occidentales, también lo es que la invasión de la privacidad, y de otros derechos fundamentales, no garantiza la seguridad.

Las nuevas leyes antiterroristas adoptadas por las diferentes democracias liberales con posterioridad a los atentados del 11 de septiembre han incidido de forma abiertamente restrictiva en el ejercicio de determinados derechos fundamentales como la libertad y seguridad personales, la tutela judicial efectiva, la intimidad, el secreto de las comunicaciones telefónicas o a través de Internet, etc.; han aumentado los poderes y facultades de los servicios de inteligencia y la policía en la lucha contra el terrorismo; y han afectado de manera singular al estatus jurídico de los extranjeros residentes en sus territorios, quienes, en ocasiones, han visto cercenados sus derechos más fundamentales de una forma absolutamente arbitraria. En muchos de estos casos, las medidas legislativas adoptadas en la lucha antiterrorista superan incluso a la legislación de excepción. A pesar de tantas medidas contraterroristas, el terrorismo ha cambiado la forma de ejecución, pero los atentados han continuado en creciente aumento; y en respuesta, los diferentes Estados no han hecho sino aumentar las cautelas y restricciones en el ejercicio de determinados derechos fundamentales en la lucha contra el terrorismo.

A la vista de los peligros que para el Estado de Derecho entrañan algunas de las medidas adoptadas por las nuevas leyes antiterroristas, podemos concluir que si el propósito de la lucha contra el terrorismo es la defensa de las libertades y el fortalecimiento de la democracia, no se puede recurrir a prácticas que supongan su total conculcación, pues como decía Benjamín Franklin, “Quien prima la seguridad sobre la libertad no tiene derecho ni a la una ni a la otra”. La solución no consiste, entonces, en el recorte de las libertades ciudadanas. Por otro lado, no se puede renunciar al modelo de sociedad abierta, ni utilizar el terrorismo en la lucha partidaria. La globalización y el desarrollo tecnológico abren nuevas posibilidades al fenómeno terrorista, pero también deben suponer un avance en la lucha contra el mismo. Hay que pensar y discutir abiertamente también sobre los llamados “crímenes sin víctimas”, que luego generan “guerras contra ( drogas, prostitución, armas, comercio, evasión fiscal)”, que no son otra cosa que las consecuencias no deseadas por los gobiernos, al haber avanzado en la legislación contra las libertades individuales, generando así un mercado negro que son los que propician luego sus propios sistemas de defensa y protección, y se convierten en un factor favorable para los terroristas, que parecen encontrarse en un perfecto campo abierto para atentar contra los valores republicanos, occidentales y democráticos.

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