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La Agencia Española de Protección de datos le impone la mayor multa de la historia a Facebook por violación a la Ley de Privacidad.

Facebook

El regulador español de protección de datos AEPD (Agencia Federal de Protección de Datos) multó a Facebook con 1,2 millones de euros por incumplimiento de la Ley de Privacidad, según la resolución R/01870/2017,  procedimiento sancionador PS/00082/2017, instruido de oficio por la Agencia Española de Protección de Datos a la entidad FACEBOOK, INC. La sanción es la mayor en un solo procedimiento que ha impuesto la agencia en toda su historia. Se han anunciado oficialmente tres casos donde procede la multa en los que la red social ha recopilado datos personales de los usuarios sin declarar lo que harán con la información recopilada. Las autoridades españolas han anunciado que la política de privacidad de Facebook contiene frases y reglas vagas para obtener el acuerdo de sus usuarios. Al mismo tiempo, Francia, Alemania y los Países Bajos también están estudiando cuidadosamente cómo Facebook recoge y utiliza los datos de sus ciudadanos.

Según la resolución de la agencia española, la red social recopila, almacena y utiliza datos sobre ideología, sexo, creencias religiosas, gustos personales o navegación con fines publicitarios directamente, mediante la interacción con sus servicios o desde páginas de terceros, sin informar claramente al usuario sobre el uso y finalidad que le va a dar a los mismos, y ni siquiera los cancela de modo adecuado cuando un usuario se da de baja.

Según el organismo, que investiga a la red social que dirige Mark Zuckerberg desde el 2014, quedaron comprobados cuarenta hechos, que entre otros, demuestran que “ se conservan durante al menos 11 meses las direcciones IP desde las que se han ido realizando accesos a la cuenta, sin que hayan sufrido ningún tipo de emascaramiento o anonimización, y sin una finalidad Justificable”; “ que dicha dirección IP permite identificar la fecha del acceso, identifica  correctamente la población, el proveedor de servicios y la localización sobre un mapa con un error de 1 kilómetro y, asociada a esa dirección, aparte de la fecha, está la hora UTC, la zona horaria, así como información identificativa del navegador, sistema operativo y otros datos identificativos del dispositivo, además de la cookie accedida”; “ que, con relación a la conservación de datos asociados a cuentas eliminadas de las que se solicitada el borrado de los datos, la información relativa a una cookie de la cuenta eliminada se almacena durante más de 17 meses, y que, si se crea una nueva cuenta asociada a un correo electrónico con el mismo nombre, esa información se asocia al nuevo usuario. Incluso se tiene constancia que durante dichos 17 meses se sigue recogiendo y tratando información”.

Según la agencia española, la política de privacidad de Facebook “contiene expresiones genéricas y poco claras, y obliga a acceder a multitud de enlaces distintos para conocerla”, por lo que deja a los usuarios indefensos porque “un usuario de Facebook con un conocimiento medio de las nuevas tecnologías no llega a ser consciente de la recogida de datos, ni de su almacenamiento y posterior tratamiento, ni de para qué van a ser utilizados. Sobre todo, ha de destacarse en este punto que los internautas no registrados desconocen la recogida de datos de su navegación”.

Facebook, por su parte, dijo que no estaba de acuerdo con las acusaciones, y los representantes corporativos dijeron que los datos personales del consumidor no se usaban para publicidad específica. Facebook ha salido recientemente de una situación similar y ha tenido éxito en la revocación de un caso similar en Bélgica. Facebook afirma que sólo obedece a la legislación irlandesa debido a que su oficina central europea se encuentra en Irlanda.

La Resolución, que consta de 93 páginas, producto de una extensa investigación para fundamentar los cuarenta hechos comprobados en los que se basa el fallo, es rechazada por Facebook, que ha emitido un comunicado en el que manifiesta su “respetuoso desacuerdo” y anuncia un recurso contra la multa.

La moraleja de esta pelea de titanes, es que hoy día, el mayor activo de una empresa es la informacion, y la fórmula que ha emergido durante la explosión de Internet, ha sido la inversión de roles: ya no existen productores y consumidores, sino que se fusionan en una sola palabra: prosumidores, quienes alimentan el producto, son los mismos usuarios al acceder “gratis” a estas plataformas y la forma de pagarla es mediante la entrega de su información. El consumidor sin darse cuenta, se ha convertido en el producto principal.

 

About the author

Irene Gimenez

Irene Gimenez, analista internacional. Es abogada con maestría en economía y ciencias políticas. Su especialidad es el análisis económico del derecho. También tiene especializaciones en temas financieros, tecnología y globalización. Su preferencia hoy día es analizar el impacto de los desarrollos bajo tecnología Blockchain y el impacto que ello generará en las próximas décadas.

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