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Tribunal anula la sentencia del filtrador en los Luxleaks. Mala noticia para los derechos individuales.

El tribunal supremo de Luxemburgo revocó la condena del filtrador de Luxleaks Antoine Deltour, a pesar de que se enfrentará a un nuevo juicio.

Deltour, un ex empleado de PwC, recibió inicialmente una sentencia de cárcel suspendida de un año y una multa de EUR1,500 (USD1,800) por un tribunal inferior dado que había sido hallado culpable de filtrar a los medios 30.000 páginas  de documentos con información sobre los tax rulings y los acuerdos fiscales que Luxemburgo había firmado durante años con grandes multinacionales, cuando Jean-Claude Juncker, ahora presidente de la Comisión Europea, era primer ministro y ministro de Finanzas.

La sentencia suspendida de Deltour se redujo a la mitad en una apelación en marzo de 2017, mientras que a su colega Raphael Halet, también de nacionalidad francesa, se le anuló la suspensión de la condena, aunque el tribunal de apelación permitió que ambas condenas fueran válidas.

Sin embargo, en un fallo emitido el 11 de enero por el Tribunal de Casación de Luxemburgo, la condena de Deltour fue anulada, y el tribunal dijo que los tribunales inferiores deberían haber reconocido su condición de denunciante, según lo definido por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El tribunal sí le confirmó la condena de Halet y le ordenó pagar su multa de EUR1,000.

El Tribunal de Casación también ordenó un nuevo juicio en el caso de Deltour, que se relaciona con documentos obtenidos de PwC que no fueron expuestos en el caso Luxleaks.

“Hoy es una victoria,” dijo Deltour cuando dejó la sala del tribunal. “Esta decisión es un paso significativo en la protección de los informantes en Europa,” dijo el abogado de Deltour, Guillermo Bourdon, a la agencia de noticias France Press.

“Por primera vez en Europa, un tribunal alto reconoce la jurisprudencia del Tribunal europeo de Derechos Humanos,” añadió Bourdon.

Deltour fue condenado por filtrar la información de clientes de PWC al periodista francés Edouard Perrin,miembro del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ) que reveló el escándalo en 2014, y había publicado previamente los documentos sustraídos en dos programas de la televisión pública francesa en 2012 y 2013.

Acusado de ser cómplice en un primer momento, el tribunal de primera instancia decidió absolver al periodista francés, un fallo confirmado por el tribunal de apelación.

El escándalo de Luxemburgo fue la filtración de documentos privados más grande hasta que los Papeles de Panamá explotaran en el mundo y hoy se ha agravado en cantidad por Paradise Papers. Y podemos adelantar que continuarán ese curso de seguir la justicia amparando estas conductas.

“Este es un pequeño paso para la justicia fiscal”, dijo Manon Aubry, de Oxfam France, para quien el “gran paso” será cuando “las compañías estén en el banquillo en lugar de los filtradores”.

La directora ejecutiva, Patricia Moreira, urgió por su parte a “una legislación integral en todos los países de la UE para garantizar que los filtradores como Deltour y Halet ya no sean enjuiciados en el futuro”.

En nuestra opinión, con este fallo se hace un retroceso en la protección del derecho natural que debe ser protegido, como es la propiedad privada, que en el caso de los Luxleaks pertenecían a una relación privilegiada entre clientes y la empresa consultora para la cual trabajaba el empleado. La protección de lo privado es una de las condiciones básicas de la estructura social moderna y uno de los rasgos indispensables de un orden jurídico legítimo.

Nuestro sentido común dice que lo privado debe estar  protegido, a salvo de cualquier violación, mientras que lo público debe ser visible, transparente, porque las actuaciones y los fondos son públicos, dado que en primera instancia les han sido impuestos a los ciudadanos; en la práctica, tenemos la sensación de que ocurre lo contrario: del gobierno hasta las grandes organizaciones multilaterales, las instituciones públicas resultan oscuras, no podemos saber lo que sucede en ellas, mientras que nuestra vida privada está sujeta a toda clase de controles y sistemas de vigilancia. Por eso se requieren leyes que garanticen la transparencia, el acceso a la información pública, de cara a rendición de cuentas hacia el sector privado y se requieren también no sólo leyes que protejan la privacidad, sino jueces que las hagan cumplir.

Lo que cada quien haga con su dinero es asunto privado, ahorrar o gastar o invertir en lo que sea y como sea, todo individuo debe contar con la seguridad de que podrá disfrutar del producto de su trabajo sin la amenaza de verse desposeído arbitrariamente; es un asunto privado, a menos que se trate de un funcionario público: en ese caso, para prevenir el tráfico de influencias o el uso indebido de los recursos, es necesaria la vigilancia pública. Nuestra idea de lo privado implica también estar protegidos de la mirada de otros. En los asuntos privados tenemos derecho no sólo a decidir por nuestra cuenta, sino a guardar en secreto lo que hacemos. Y es tan importante lo uno como lo otro. Es el mismo principio el que se defiende con ambas cosas. Nadie puede decidir con libertad si en cada decisión está expuesto a los reproches, a la censura y persecución de los demás.

Por último, un breve comentario sobre los procedimientos equivocados que a nuestro entender se están legitimando por vía judicial:  se trata sin duda de información privada, que se ha obtenido de manera ilegal, pero supongamos que es necesario hacerla del conocimiento público para evitar un delito o para descubrirlo, para revelar una conducta inmoral, una irregularidad, un negocio turbio. Bien. En el mejor de los casos puede ser cierto. Otras veces no será más que una estrategia en una guerra sucia que responde a determinados intereses o ideología. Para poder estar seguros de si estamos ante uno u otro caso, la única autoridad que puede decidir en un estado moderno republicano, es la judicial. Hacia allí debe dirigirse el filtrador y no ante los medios, que gracias a esta legitimación se han convertido en los jueces de facto que ejercen la función jurisdiccional al decidir clasificar la información y cómo publicarla, tal como decía Borges que ordenar bibliotecas es ejercer, de un modo modesto y silencioso, el arte de la crítica.

Benjamín Constant, en un ensayo clásico, sostenía que la libertad de los antiguos, de los griegos, consistía en el derecho de participar en la vida pública, y que la libertad de los modernos, en cambio, consiste en el derecho de refugiarse en la vida privada, sin ser molestado por nadie. Hoy es más válida que nunca. Nuestra idea del orden, nuestras ideas de la dignidad, la autoridad y el derecho incluyen la existencia de un ámbito privado, donde cada quien es libre de actuar de acuerdo con su conciencia. Cualquier intromisión o violación en ese campo es un delito. Es importante la actividad pública como ir a votar o hacer manifestaciones políticas, pero no alcanza,  hay muchas más razones para desconfiar de las instituciones públicas, dada su interferencia cada vez mayor en cualquier asunto privado; y  sin la seguridad y la protección de un ámbito privado protegido por la ley, y asegurada por los jueces,  la libertad política no significa nada.

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