Ha llegado a nuestras manos, resumen de Sentencia del 21 de octubre de 2016 de la Corte Constitucional de Francia, en relación al Registro Público de los Fideicomisos, el cual estableció la obligatoriedad de fijar de forma pública, los administradores, beneficiarios, quienes constituyen y la fecha en que constituyen un Fideicomiso. Esta disposición legal del Gobierno francés de Francois Hollande y su ministro de Finanzas Michel Sapin, se enmarca en su visión de luchar contra la evasión fiscal y el lavado de activos a cualquier costo.
Pues bien, la Corte Constitucional de Francia, declaró que el derecho a la privacidad consagrado en la Declaración de Derechos Humanos de 1789 es violentada por esa disposición legal, porque la misma ni siquiera define los límites o marcos dentro de los cuales puede ser consultada dicha información, ni muchos menos establece las personas o funcionarios que pueden consultarla.
En Panamá, hemos advertido a conspícuos funcionarios del Gobierno Nacional, que la adopción de múltiples disposiciones legales por imposiciones de la OCDE, violentan el derecho a la privacidad consagrado en la Constitución Nacional, así como en la Declaración Unversal de Derechos Humanos de 1948, así como la Carta Interamericana de Derechos Humanos.
Entendemos que hay diversas demandas de inconstitucionalidad interpuestas contra algunas de esas normas. Corresponderá a la Corte Suprema de Justicia definir si estará a la altura de las circunstancias, defendiendo los derechos ciudadanos, tal como hizo la Corte Constitucional de Francia, o serán el oscuro organismo encargado de legitimar judicialmente las arbitrarias decisiones de burócratas poco apegados al respeto a los derechos humanos y la institucionalidad republicana.
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