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  • Contratación directa, competencia y república

    Contratación directa, competencia y república

    En materia de contratación pública conviene evitar dos simplificaciones igualmente malas: la primera consiste en suponer que toda contratación directa es corrupción. Y la segunda, en asumir que basta con que una contratación directa sea legal para considerarla institucionalmente saludable.

    Ninguna de las dos cosas es cierta.

    La Ley de Contrataciones Públicas panameña contempla procedimientos excepcionales y de emergencia por una razón evidente: hay circunstancias en las que el Estado no puede esperar meses mientras se desarrolla una licitación ordinaria. Una carretera colapsada, una inundación, un puente inutilizado o una emergencia sanitaria pueden exigir una respuesta inmediata.

    El problema comienza cuando aquello diseñado para resolver situaciones extraordinarias empieza a convertirse en una forma habitual de comprar. Y los datos recientes del Ministerio de Obras Públicas justifican precisamente esa discusión.

    Una investigación de La Estrella de Panamá, basada en registros de Panamá Compra, encontró que entre julio de 2024 y junio de 2026 el MOP adjudicó 276 contratos directos por aproximadamente US$363 millones. La cifra supera los US$225 millones contratados mediante mecanismos similares durante todo el quinquenio anterior. Eso no prueba corrupción, pero sí obliga a hacer preguntas.

    La competencia no es un trámite burocrático

    A veces hablamos de licitaciones públicas como si fueran simplemente un procedimiento administrativo pesado que retrasa las obras.

    Desde nuestra perspectiva liberal y habiendo sido los responsables del diseño de Panama Compras en 2006, consideramos que su función económica es bastante más importante que un mero tablón de anuncios. Fomenta la competencia y permite descubrir información que el funcionario no posee.

    ¿Cuánto cuesta realmente una carretera?, ¿Cuál es la mejor solución técnica?, ¿Qué empresa puede realizarla más rápido?, ¿Quién ofrece mejores garantías?, ¿Existe una tecnología menos costosa?, ¿Cuánto margen puede reducir un proveedor para obtener el contrato?. No hay una oficina pública capaz de conocer de antemano todas esas respuestas, precisamente ese conocimiento aparece cuando distintos oferentes compiten.

    Hayek explicó precisamente ese problema: el conocimiento relevante para organizar la actividad económica está disperso entre millones de personas. El mercado no funciona porque alguien posea toda la información, sino porque permite que la información dispersa se revele mediante precios, ofertas y decisiones.

    Una licitación competitiva intenta introducir una pequeña parte de ese mecanismo dentro de la contratación estatal, claro que no reproduce un mercado perfecto, pero permite algo fundamental: que el funcionario no tenga que decidir por sí solo cuánto debería costar aquello que está comprando. Cuando se elimina la competencia, se pierde esa referencia.

    La contratación directa tiene un costo incluso cuando nadie roba

    Éste es el punto que con frecuencia desaparece cuando la discusión se reduce a “hubo corrupción” o “no hubo corrupción”. Puede no haber un solo sobre, una sola coima ni un solo funcionario deshonesto y aun así producirse una mala asignación de recursos.

    Si el Estado contrata directamente a una empresa por US$10 millones y una licitación competitiva habría producido una oferta equivalente por US$8 millones, el contribuyente perdió US$2 millones aunque nadie haya cometido un delito.

    La corrupción es una forma extrema de malgasto, pero no es la única.

    La ausencia de competencia puede generar precios mayores, peores condiciones contractuales, soluciones técnicamente inferiores y dependencia repetida de un número reducido de proveedores.

    Por eso una política anticorrupción seria no debería concentrarse solamente en perseguir al funcionario que recibe dinero ilegal. Debería construir instituciones que reduzcan las oportunidades para que una decisión pública dependa de la discrecionalidad individual. La mejor investigación penal es la que nunca hace falta porque el procedimiento hizo difícil capturar la decisión.

    Cuando lo previsible se convierte en emergencia

    Existe además una distinción esencial entre urgencia y falta de planificación. Una inundación imprevisible puede justificar una contratación inmediata, pero el mantenimiento periódico de una carretera, difícilmente.

    Una estructura destruida inesperadamente puede constituir una emergencia. Una obra incluida desde antes en el Plan Estratégico de Gobierno merece una explicación mucho más exigente si posteriormente se adjudica mediante procedimiento excepcional.

    La investigación periodística ha señalado precisamente que algunas obras contratadas por vías excepcionales ya figuraban entre proyectos previstos en la planificación gubernamental.

    Eso no demuestra que la contratación sea ilegal, pero cambia la pregunta: si la necesidad ya se conocía, ¿qué acontecimiento extraordinario impidió licitar?, porque una emergencia no puede definirse simplemente como aquello que el Gobierno necesita ejecutar rápido dado que si así fuera, prácticamente toda obra pública podría convertirse en excepcional.

    Los gobiernos siempre tienen prisa; los ciudadanos llevan años esperando carreteras; los ministros tienen períodos limitados y los presidentes quieren inaugurar obras antes de terminar sus mandatos.

    Precisamente por todo eso las reglas existen antes de que aparezca la urgencia política.

    El argumento de la eficiencia merece ser tomado en serio

    También hay que escuchar al MOP.

    Panamá tiene una red vial con déficits acumulados y comunidades que llevan años esperando soluciones. El propio ministerio ha anunciado una cartera muy amplia de inversiones y sostiene que determinados procedimientos excepcionales permiten ejecutar con mayor velocidad. La administración también ha desarrollado numerosas licitaciones ordinarias: a finales de 2025 informó que de 35 proyectos estructurados para licitación, 26 habían sido licitados y 20 adjudicados.

    Por tanto, no corresponde construir la caricatura de un ministerio que no licita nada.

    Además, el contralor Anel Flores ha defendido que muchos contratos cuestionados respondieron a emergencias relacionadas con inundaciones y daños producidos por el agua. Anunció un arqueo y un informe para explicar las contrataciones a la ciudadanía. Es una explicación que merece ser evaluada con los expedientes delante y la respuesta republicana no es presumir culpabilidad, pero debe exigir evidencia.

    El contralor no debería defender: debería auditar

    Aquí aparece, sin embargo, una cuestión institucional delicada: el papel de la Contraloría no consiste en ser abogado defensor del ministerio cuestionado y tampoco en actuar como fiscal mediático.

    Su función es mucho más valiosa precisamente porque debería estar situada fuera de ambas posiciones. Su rol es controlar, verificar, comparar, documentar y publicar conclusiones.

    Cuando el contralor responde a cuestionamientos periodísticos diciendo que “el morbo impera”, corre el riesgo de desplazar la discusión desde los datos hacia las intenciones de quienes preguntan. No hace falta interpretar maliciosamente al contralor para señalar el problema.

    Por eso, una institución de control gana autoridad cuando puede decir «este contrato estuvo correctamente justificado»; o «éste otro no»; señalar que «en éste había emergencia o en éste la causal utilizada no se sostiene»; «estos precios fueron razonables o éstos excedieron referencias comparables».

    Eso es lo que el ciudadano necesita; la confianza republicana no consiste en creer en las personas. Consiste en poder comprobar sus actos.

    Las empresas tampoco tienen derecho adquirido a contratar con el Estado

    Otro elemento que complica la discusión es que entre las empresas que continúan obteniendo contratos públicos figuran algunas vinculadas en el pasado a casos de corrupción, entre ellas compañías cuyos representantes admitieron pagos ilícitos en el caso Blue Apple.

    Aquí también hay que mantener la cabeza fría.

    Si una empresa cumplió una sanción, no está legalmente inhabilitada y participa en una licitación abierta ofreciendo las mejores condiciones, no debería ser excluida arbitrariamente por razones reputacionales. El Estado de derecho funciona también para quienes tienen mala reputación.

    Pero una contratación directa cambia el análisis.

    Cuando una empresa con antecedentes problemáticos obtiene contratos porque ganó frente a diez competidores bajo reglas transparentes, existe una disciplina externa, pero cuando obtiene la contratación mediante selección excepcional, el grado de justificación requerido debería ser mayor.

    No porque deba presumirse nuevamente culpable, sino porque el Estado está prescindiendo precisamente del mecanismo que permitiría demostrar que ésa era la mejor opción disponible.

    Concentración empresarial y captura

    La investigación también señala una concentración significativa de contratos en un grupo relativamente reducido de empresas. La concentración tampoco prueba por sí misma corrupción ya que puede haber empresas grandes que ganen con frecuencia porque tienen maquinaria, experiencia, capacidad financiera y equipos técnicos que otras no poseen.

    Pero Public Choice nos obliga a mirar un riesgo distinto.

    Cuando unas pocas empresas dependen fuertemente del gasto estatal y un ministerio depende a su vez de unas pocas empresas capaces de ejecutar sus obras, comienza a formarse una relación bilateral muy particular: los proveedores adquieren incentivos para invertir recursos en relaciones políticas; los funcionarios adquieren incentivos para trabajar repetidamente con proveedores conocidos porque reducen incertidumbre y facilitan la ejecución y con el tiempo puede aparecer una especie de mercado cerrado. No hace falta una conspiración, los incentivos bastan.

    Y ésa es precisamente la razón por la cual la competencia debe ser protegida institucionalmente, incluso frente a funcionarios honestos y empresas técnicamente capaces.

    El cronómetro también puede ser una herramienta de corrupción

    Existe una forma particularmente sutil de degradar la contratación pública: planificar tarde.

    Supongamos que una administración conoce desde hace un año que una obra debe comenzar en octubre. No inicia la licitación a tiempo, llega septiembre y entonces declara que no puede esperar seis meses porque la obra es urgente. Formalmente, la urgencia existe, pero fue producida administrativamente. Ese mecanismo debería ser especialmente vigilado.

    Una buena ley anticorrupción no debería preguntar solamente si “¿Había urgencia el día en que se adjudicó?”; debería preguntar también: “¿Cuándo conoció el Estado la necesidad y qué hizo desde entonces?”. La diferencia es enorme y la mala planificación termina convirtiéndose en una vía legítima para evitar competencia. Y cuanto peor administra una institución sus tiempos, mayor discrecionalidad obtiene. Exactamente el incentivo contrario al que deberíamos crear.

    Publicar todo, incluso cuando la ley permita no competir

    La solución no consiste en prohibir las contrataciones directas, eso sería imprudente y el Estado necesita capacidad para reaccionar ante emergencias reales.

    La reforma correcta consiste en hacer que contratar directamente sea más transparente que licitar, precisamente porque falta el control competitivo. Cada contratación excepcional debería publicar de manera sencilla y estandarizada la obra; el monto; la empresa; la causal legal invocada; el hecho concreto que produjo la urgencia; la fecha en que la Administración conoció la necesidad; las empresas que podrían haber prestado el servicio; la metodología utilizada para determinar que el precio era razonable; los contratos anteriores del mismo proveedor y la comparación del precio con obras equivalentes.

    Además debería existir una auditoría posterior obligatoria para contratos que superen determinado monto. No necesariamente para detener la obra, pero para verificarla después, ya que la emergencia justifica rapidez, pero no la opacidad.

    El precio de referencia importa

    Panamá podría además fortalecer sistemas de comparación.

    Si el MOP contrata cien kilómetros de mantenimiento vial en distintas provincias, debería existir una base pública que permita comparar costos por kilómetro ajustados por tipo de obra, terreno, materiales y dificultad; eso ayudaría a identificar anomalías sin necesidad de acusar a nadie.

    ¿Por qué una obra cuesta 40% más que otra técnicamente semejante?. Puede existir una explicación perfectamente legítima, pero alguien debería explicarla. Así los datos convierten la sospecha en una pregunta técnica, mejora el control y protege también al funcionario honesto.

    Transparencia no significa paralizar al Gobierno

    Éste es quizás el punto más importante. Panamá necesita infraestructura, entre otras, necesita reparar carreteras, puentes, agua. Necesita ejecutar.

    Una política anticorrupción mal diseñada puede ser tan perjudicial como la ausencia de controles si logra que ningún funcionario quiera firmar nada por temor a terminar investigado años después. Por eso, el objetivo no debe ser producir un Estado aterrorizado, sino uno predecible con reglas claras, plazos razonables, procedimientos rápidos, competencia siempre que sea posible y excepciones cuando sean necesarias. Y trazabilidad absoluta cuando se utilicen. La eficacia y la transparencia no son enemigos y una administración profesional debería poder ofrecer ambas.

    La república no funciona con confianza personal

    El Gobierno de José Raúl Mulino ha mostrado en distintas áreas una conducción profesional y relativamente sobria. Sería injusto interpretar automáticamente cualquier cuestionamiento administrativo como evidencia de corrupción gubernamental. Pero ése tampoco puede ser el estándar.

    Las instituciones republicanas existen precisamente porque ningún gobierno debería pedirnos que confiemos en su profesionalismo, ni siquiera uno que consideremos profesional.

    Hoy puede gobernar una administración prudente, mañana otra. Las reglas tienen que funcionar para ambas.

    Madison comprendió el problema hace más de dos siglos: si los hombres fueran ángeles no necesitaríamos gobierno, y si quienes gobernaran fueran ángeles tampoco necesitaríamos controles. No son ángeles, ni los de este Gobierno ni los del anterior ni los del próximo. Por eso controlamos.

    No pedir confianza: ofrecer evidencia

    El MOP puede tener una explicación perfectamente razonable para buena parte de esos US$363 millones. Algunas obras probablemente respondieron a emergencias reales, otras quizá consiguieron buenos precios, algunos proveedores pueden haber sido simplemente la opción técnicamente disponible. Si así fue, el informe anunciado por la Contraloría debería demostrarlo contrato por contrato, no mediante declaraciones generales.

    Eso sería bueno para el Gobierno, para el MOP, para las empresas y para los ciudadanos, porque en una república sana una investigación periodística no debería obligar al Estado a cerrar filas. Precisamente debería activar exactamente el mecanismo contrario: abrir los expedientes.

    La pregunta fundamental no es si confiamos las personas o ni siquiera si confiamos en este Gobierno. La pregunta liberal y republicana es mucho más exigente: ¿podría funcionar correctamente este mismo sistema si mañana lo administraran personas en quienes no confiamos absolutamente nada?. Si la respuesta es no, hay que cambiar el sistema, porque la mejor política anticorrupción no consiste en esperar funcionarios honestos, sino en construir instituciones en las que incluso un funcionario deshonesto tenga poco margen para hacer daño.

  • Julian Assange: Símbolo de la Libertad de Expresión, LIBRE!

    Julian Assange, el fundador de WikiLeaks, es un nombre que ha resonado en el ámbito internacional durante más de una década. Su liberación reciente, bajo fianza y tras un acuerdo con el Gobierno de Estados Unidos, marca un hito en un largo y complicado conflicto legal que ha mantenido al mundo en vilo. Este evento no solo representa la resolución de un caso judicial prolongado, sino que también reaviva el debate sobre la libertad de expresión, la transparencia gubernamental y las amenazas a la libertad individual en la era digital.

    El Tribunal Superior de Londres concedió la libertad bajo fianza a Assange el 24 de junio de 2024, después de más de cinco años en la prisión de máxima seguridad de Belmarsh. Este desenlace fue el resultado de una campaña global que involucró a defensores de la libertad de prensa, legisladores y organizaciones de derechos humanos, quienes presionaron para que se reconsiderara su caso. La libertad de Assange se logró tras llegar a un acuerdo con el Departamento de Justicia de Estados Unidos, en el cual se declaró culpable de ciertos cargos a cambio de su liberación.

    Julian Assange es una figura controvertida pero fundamental en la lucha por la libertad de expresión. Desde la creación de WikiLeaks en 2006, su plataforma ha publicado millones de documentos clasificados que han revelado crímenes de guerra, corrupción gubernamental y abusos de los derechos humanos a nivel global. Las filtraciones más significativas de WikiLeaks, que incluyen los documentos del ejército estadounidense sobre las guerras en Irak y Afganistán, así como cables diplomáticos secretos, han expuesto la opacidad de los gobiernos y las acciones encubiertas que de otro modo permanecerían ocultas al público.

    Assange ha sido un defensor incansable de la transparencia y la rendición de cuentas, valores esenciales en cualquier sociedad democrática. Sin embargo, su trabajo también lo ha puesto en la mira de poderosos adversarios. La acusación de espionaje por parte del Gobierno de Estados Unidos y su posterior arresto en 2019, tras ser expulsado de la embajada de Ecuador en Londres, ilustran los riesgos inherentes a desafiar el statu quo y revelar verdades incómodas.

    La figura de Assange nos invita a reflexionar sobre las amenazas a la libertad individual y la libertad de expresión. En un mundo donde la información es poder, los gobiernos y las corporaciones a menudo intentan controlar y censurar el flujo de datos. Las acciones de Assange han subrayado la importancia de proteger a los denunciantes y a las organizaciones que exponen la verdad, pero también han destacado los peligros que enfrentan quienes se atreven a hablar en contra de las estructuras de poder establecidas.

    El caso de Assange también nos recuerda que las mayores amenazas para la libertad individual no siempre provienen de regímenes autoritarios o dictaduras, sino también de democracias que, en nombre de la seguridad nacional, cada vez con mayor frecuencia socavan los derechos fundamentales. La extradición y el procesamiento de Assange nos han indicado muy claramente lo que es un ataque directo a la libertad de prensa y una advertencia velada a otros periodistas y activistas si se atreven a desafiar la narrativa oficial.

    En términos de simbolismo, la figura de Assange es comparable a la de un mártir moderno por la libertad de información. Su lucha y su sacrificio nos han inspirado a defender los principios de transparencia y justicia. También ha planteado preguntas difíciles para defensores del llamado » contra terrorismo» sobre los límites de la libertad de expresión y el equilibrio entre la seguridad nacional y el derecho del público a saber.

    La liberación de Julian Assange es una victoria significativa para el mundo libre y un momento de reflexión para todos aquellos que valoran la libertad de expresión. Su caso subraya la importancia de proteger a aquellos que se atreven a revelar la verdad, incluso cuando enfrenta a fuerzas poderosas. En un mundo donde la información es ffrecuentemente manipulada y ocultada, la valentía de Assange para desafiar estas fuerzas nos recuerda que la verdadera libertad solo puede florecer en un entorno de transparencia y responsabilidad. La lucha por estos principios continúa, y Assange seguirá siendo un faro para quienes creemos en la libertad y el poder de la verdad.

  • La libertad de prensa mundial está en riesgo mientras Julian Assange se enfrenta a una posible extradición a EE.UU

    En vísperas de la próxima audiencia de Julian Assange en los tribunales del Reino Unido antes de su posible extradición a Estados Unidos, Amnistía Internacional reitera su preocupación por el riesgo de que Assange sufra graves violaciones de derechos humanos si es extraditado y advierte sobre un profundo “efecto paralizador” sobre la libertad de los medios de comunicación en todo el mundo.

    “El riesgo para los editores y periodistas de investigación de todo el mundo está en juego. Si Julian Assange es enviado a Estados Unidos y procesado allí, las libertades de prensa en todo el mundo también serán juzgadas”, afirmó Julia Hall, experta de Amnistía Internacional en contraterrorismo y justicia penal en Europa.

    The US must drop the charges under the espionage act against Assange and bring an end to his arbitrary detention in the UK [Estados Unidos debe retirar los cargos derivados de la ley de espionaje contra Assange y poner fin a su detención arbitraria en el Reino Unido.]

    Julia Hall, Amnesty International’s expert on counter-terrorism and criminal justice in Europe 

    “Assange sufrirá personalmente por estas acusaciones de motivación política y la comunidad de medios de todo el mundo se dará cuenta de que ellos tampoco están a salvo. El derecho del público a la información sobre lo que sus gobiernos están haciendo en su nombre se verá profundamente socavado. Estados Unidos debe retirar los cargos derivados de la ley de espionaje contra Assange y poner fin a su detención arbitraria en el Reino Unido”.

    Si Julian Assange pierde el permiso para apelar, correrá el riesgo de ser extraditado a Estados Unidos y procesado en virtud de la Ley de Espionaje de 1917, una ley de tiempos de guerra que nunca tuvo como objetivo atacar el trabajo legítimo de editores y periodistas. Podría enfrentarse a hasta 175 años de cárcel. Por el cargo menos grave de fraude informático, podría recibir un máximo de cinco años.

    Assange también correría un alto riesgo de ser recluido en régimen de aislamiento durante un período prolongado en una prisión de máxima seguridad. Aunque Estados Unidos ha ofrecido “garantías diplomáticas” al Reino Unido, supuestamente garantizando su seguridad en caso de ser encarcelado, las garantías de las autoridades incluyen tantas advertencias que no pueden considerarse confiables.

    “No se puede confiar en las garantías de Estados Unidos. Dudosas garantías de que será tratado bien en una prisión estadounidense vacía, considerando que Assange potencialmente enfrenta docenas de años de encarcelamiento en un sistema bien conocido por sus abusos, incluido el confinamiento solitario prolongado y los deficientes servicios de salud para los reclusos. Estados Unidos simplemente no puede garantizar su seguridad y bienestar, como tampoco lo ha hecho con los cientos de miles de personas actualmente encarceladas en Estados Unidos”, afirmó Julia Hall.

    Amenaza mundial a la libertad de prensa

    Si Julian Assange es extraditado, se sentará un precedente peligroso en el que el gobierno de Estados Unidos podría solicitar la extradición de editores y periodistas de todo el mundo. Otros países podrían tomar el ejemplo de Estados Unidos y seguir su ejemplo.

    “La publicación por parte de Julian Assange de documentos que le revelaron fuentes como parte de su trabajo con Wikileaks refleja el trabajo de los periodistas de investigación. Realizan rutinariamente las actividades descritas en la acusación: hablar con fuentes confidenciales, buscar aclaraciones o documentación adicional y recibir y difundir información oficial y, a veces, clasificada”, dijo Julia Hall.

    Los medios de noticias y publicaciones publican a menudo y con razón información clasificada para informar sobre asuntos de suma importancia pública. Publicar información que sea de interés público es una piedra angular de la libertad de prensa. También está protegido por el derecho internacional de derechos humanos y no debe penalizarse.

    “Los esfuerzos de Estados Unidos por intimidar y silenciar a periodistas de investigación por descubrir malas conductas gubernamentales, como revelar crímenes de guerra u otras violaciones del derecho internacional, deben detenerse en seco.

    “Las fuentes como los denunciantes legítimos que exponen las irregularidades gubernamentales a periodistas y editores también deben tener libertad para compartir información de interés público. Serán mucho más reacios a hacerlo si Julian Assange es procesado por realizar trabajos editoriales legítimos.

    It’s not just Julian Assange in the dock. [No es sólo Julian Assange el que está en el banquillo.] Silence Assange and others will be gagged [Silenciando a Assange,  los demás serán amordazados]

    Julia Hall

    “Esta es una prueba para las autoridades de Estados Unidos y el Reino Unido sobre su compromiso con los principios fundamentales de la libertad de prensa que sustentan los derechos a la libertad de expresión y el derecho del público a la información. No es sólo Julian Assange el que está en el banquillo. Silencian a Assange y los demás serán amordazados”, afirmó Julia Hall.

    Contexto: 

    El Tribunal Superior del Reino Unido ha confirmado una audiencia de dos días para los días 20 y 21 de febrero de 2024. El resultado determinará si Julian Assange tendrá más oportunidades de defender su caso ante los tribunales del Reino Unido o si habrá agotado todas las apelaciones en el Reino Unido. , dando lugar al proceso de extradición o a una solicitud ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

    En 1791, para intentar que no se publicara la obra seminal de Thomas Paine, Los derechos del hombre, el gobierno británico intentó comprar los derechos de autor. El editor se negó a vendérselos.

    Al año siguiente, tras publicarse la segunda parte de la obra, el gobierno probó con una táctica más directa: acusar a Paine de difamación sediciosa.

    Indignado, Paine enumeró el contenido de su libro —la denuncia del fraude y de las guerras y la promoción de la paz universal—, y afirmó: “Si todo esto es difamatorio, que en mi epitafio ponga ‘difamador’”.

    Más de 200 años después, en todo el mundo los gobiernos siguen tratando de suprimir información que los compromete y poniendo en el punto de mira a quienes la sacan a la luz. #FreeAssangeNow

  • ¿No hay plan?, una nota para distraídos

    En otras ocasiones lo he consignado, pero en vista del renovado entusiasmo y énfasis con que se esfuerzan los distraídos para denunciar que no hay plan, es necesario reiterar y contradecir a los incautos y anoticiarlos que sí hay plan.

    Un plan tan efectivo para producir resultados inmediatos que ni siquiera los fulanos de marras se percatan que existe, quienes miran para otro lado atolondrados por las circunstancias. Es tan eficiente el plan en curso que avanza a pasos agigantados de un modo tal que se hace invisible para ojos muy poco atentos y acostumbrados a que un plan tiene que tener ciertas características que ellos solo conciben como posibles, son mentes estructuradas incapaces de advertir el peligro. Están estructurados en base a fabricaciones preconcebidas con lo que no pueden interpretar otras manifestaciones fuera de su estrecha familiaridad.

    Para estos liliputenses solo hay plan si se consignan guarismos tales como el porcentaje de déficit fiscal, el ritmo de expansión monetaria, el comportamiento de la maraña tributaria o la evolución de la deuda, el resto no puede ser un plan aunque se planifique la destrucción de todo vestigio de procedimientos civilizados.

    Si le hubieran dicho a Fidel Castro, a Hugo Chávez o ahora a Daniel Ortega o a Kim Jung Un que sus gobiernos no tienen plan se hubieran descostillado de risa.

    ¿No se ve con toda claridad la celeridad con que el plan totalitario procede sin cortapisas de alguna firmeza, solo rodeados de declaraciones altisonantes y sin resultados concretos? ¿No se ve que ya no tiene sentido la parla sobre la República puesto que por el momento no hay vestigio de república? Un sistema republicano tiene cinco componentes, la alternancia en el poder, la responsabilidad de los actos de gobierno ante los gobernados, la publicidad de los actos de gobierno en el contexto de la necesaria transparencia, la división de poderes y la igualdad ante la ley. Muy poco queda en pie y sin embargo se insiste en que no hay plan como si nuestras dolencias vinieran por azar.

    Tengamos en cuenta que la igualdad ante la ley no es desde luego que todos seamos iguales para ir a un campo de concentración, se trata de la igualdad de derechos atada e inseparable de la noción de Justicia que según la definición clásica es el “dar a cada uno lo suyo” y “lo suyo” remite a la propiedad privada, una institución extremadamente vapuleada en nuestro medio por los atropellos inmisericordes del Leviatán.

    Se porfía que no hay plan mientras los planificadores se mofan de la tontera ajena y siguen introduciendo nuevos gravámenes, nuevas expansiones galopantes de la base monetaria, nuevos endeudamientos internos y externos, nuevos subsidios, nuevas legislaciones laborales que aniquilan el trabajo y nuevas regulaciones asfixiantes. Pero los supuestos soldaditos de la cordura aseguran que no hay plan.

    Si seguimos rodeados de estos irresponsables pronto todos nos encontraremos en un inmenso Gulag donde cuando ya sea demasiado tarde se reconocerá que ese era el plan impuesto y dirigido por los capitostes que administrarán los alambrados de púa. Para los distraídos si un plan no se anuncia acompañado de una planilla Excel o si no encaja en los criterios de la burocracia del FMI no es un plan. Si no se dice claramente cuál es el rumbo, no hay rumbo aunque los acontecimientos se precipiten machaconamente siempre en la misma dirección. Hasta que el choque contra la pared última no sea patente no hay plan, por más que la velocidad de los acontecimientos conducidos por megalómanos exponenciales se acerca a la pared definitiva y por más que se hayan producido reiterados choques espectaculares contra paredes intermedias como avisos de peligro inminente de la catástrofe final. Por más que todo ello ocurra, se sigue manteniendo que no hay plan lo cual desdibuja la noción de plan y las trifulcas de palacio que entretienen a tantos con chismografía de segunda, igual que con el cuento del lobo feroz es para comernos mejor.

    Tal vez convenga en este contexto alguna reflexión sobre el sentido del derecho a los efectos de escapar de la trampa del no-plan mientras nos devora el si-plan basado en la estrangulación de las autonomías individuales y consiguientemente del derecho. De un largo tiempo a esta parte la noción original de la ley se ha deteriorado significativamente. En la tradición del common law y en buena parte del derecho romano, especialmente durante la República y la primera parte del Imperio, el equivalente al Poder Legislativo era para administrar las finanzas del gobierno mientras que el derecho era el resultado de un proceso de descubrimiento que surgía de otro campo: los fallos de árbitros según los convenios entre partes que el poder de policía se encargaba de hacer cumplir.

    El jurisconsulto italiano Bruno Leoni en su célebre obra La libertad y la ley explica que “estamos tan acostumbrados a pensar en el sistema del derecho romano en términos del Corpus Juris de Justiniano, esto es, en términos de una ley escrita en un libro, que hemos perdido de vista cómo operaba el derecho romano […] El derecho romano privado, que los romanos llamaban jus civile, en la práctica, no estuvo al alcance del legislador […] por tanto, los romanos disponían de una certidumbre respecto de la ley que permitía a los ciudadanos hacer planes para el futuro de modo libre y confiado y esto sin que exista para nada escrito en el sentido de legislaciones y códigos” a diferencia de lo que hoy ocurre en cuanto a que cualquier legislación puede modificarse abruptamente en cualquier dirección, en cualquier área o abarcando extensos territorios.

    El filósofo del derecho Lon Fuller en The Principles of Social Order concluye que “el juez que tiene claramente en su mente que el principio del contrato puede, sin su ayuda, servir como ordenamiento social abordará su materia con un espíritu diferente de aquel juez que supone que la influencia del contrato en los asuntos humanos deriva enteramente de la legislación fabricada por el Estado”, lo cual expande en su libro titulado The Morality of Law en la que crítica muy documentadamente al positivismo legal, corriente que desafortunadamente hoy predomina en la mayor parte de las Facultades de Derecho en la que los egresados citan legislaciones, incisos y párrafos pero desconocen los fundamentos de la norma extramuros de la ley positiva.

    Nota: editado ligeramente para darle contenido internacional al artículo.

  • La Tesorería General de la República de Chile pone en marcha proyecto Blockchain

    La Tesorería General de la República de Chile (TGR) se sube al carro de la transformación Digital, poniendo en marcha un proyecto que le permitirá hacer más eficientes sus procesos y lograr más cercanía con la gente.

    Hace un tiempo, que la TGR comenzó un proceso de modernización de sus procesos, digitalizando y buscando tecnologías y herramientas que potencien el camino de la transformación digital. Luego de un largo trabajo, que contó con la asesoría de Gobierno Digital, inauguró el proyecto blockchain.

    Este proyecto tecnológico se plantea como una solución al problema de cuadratura que la TGR presentaba entre sus proveedores (municipalidades, instituciones, etc.) y los medios de pago (bancos), lo que se traducía que en fin de mes la cuadratura de transacciones no era completamente exacta entre estas tres entidades, debido a la información que se perdía en el camino.

    Por ejemplo, cuando un ciudadano paga sus contribuciones o una patente, ese dinero va del banco a la municipalidad, en cuyo caso la TGR es un mero observador de este flujo de dinero. Pero cuando a fin de mes tienen que hacer cuadrar las cajas del banco, de la Tesorería y de la Municipalidad, a veces se presentan pequeñas discrepancias.

    El proyecto TGR Blockchain consta de generar un sistema de cuadratura automático que permite tener un sistema de múltiples nodos que contienen exactamente la misma información, de forma incorruptible y en tiempo real. Cada vez que se hace una transacción, se almacena en un bloque junto con la información de la transacción y el hash del documento anterior, generando una cadena de bloques (Blockchain). Estos bloques se transmiten a todos los nodos que están participando, teniendo exactamente la misma información de forma inalterable. Si alguien tratase de modificar algún bloque, los demás nodos notarán este cambio al no cuadrar con la información que tienen en su cadena de bloques, rechazando la operación.

    En resumen, este proyecto permitirá a la Tesorería tener una cuadratura automática, confiable, transparente y segura entre todas las entidades, minimizando a prácticamente cero información perdida en cada transacción. Además, en favor de los ciudadanos, podría haber un menor costo en las transacciones y en la verificación de cada institución.

    Miembros del equipo de Gobierno Digital chileno

    “La Transformación Digital es una enorme oportunidad que tiene la Tesorería General de la República, por nuestro rol, nuestra misión y por la calidad de servicio que tenemos que entregar a nuestros usuarios contribuyente y a nuestros funcionarios. Hoy día la Transformación Digital nos va a permitir ser mucho más eficientes, más eficaces, tener una mayor cercanía con nuestros contribuyentes y así también con nuestros propios usuarios. Vamos a poder dar continuidad, un mejor servicio. La tecnología está presente y hay que usarla, pero esto va implicar que tenemos que hacer una gestión de cambio, capacitar, romper paradigmas y en eso el equipo de Gobierno Digital nos está apoyando, tenemos cuatros proyectos, comenzando con blockchain, el que nos permitirá dar trazabilidad a todas las operaciones, seguridad de la información” indicó la Tesorera, Ximena Hernández.

    “La digitalización de estos procesos es un desafío importante para TGR, en el contexto de la modernización e innovación que estamos impulsando en nuestras funciones”, concluyó.

    Es importante recordar que esta no es la primera iniciativa del gobierno chileno por implementar tecnología blockchain a sus operaciones. Por ejemplo, la Comisión Nacional de Energía implementó un sistema basado en DLT para certificar información en el sector energético.

    Por otra parte, el Ministerio de Economía instauró mesas de trabajo para determinar los usos potenciales de la tecnología blockchain en operaciones gubernamentales financieras, de comercio, de verificación de identidad, salud y energía.

    Sin embargo, no han mostrado tanta apertura con relación a las criptomonedas, en medio de una constante disputa entre los bancos más importantes de la nación y las casas de cambio de criptomonedas.