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El riesgo de los placebos al luchar contra la corrupción.

La sociedad civil empieza a hartarse de la corrupción. Y eso es algo bueno. Los políticos y los lobbies que hablan en nombre de la sociedad civil parecen estar dispuestos a presentar medidas contra la corrupción, una de ellas es la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción.
La idea no suena mal en principio pero nos parece al final un poco contraproducente por las siguientes razones.

1. Es aceptar que la justicia en Panamá no es independiente y por lo tanto no puede juzgar los delitos de corrupción cuando estos ocurren sino mucho después cuando el corrupto tiene tiempo de haber dejado el poder. O sea que se reconoce de facto que la justicia solo se aplica cuando se quiere rematar a una adversario políticamente derrotado y no para poner frenos a los desmanes de una adversario en el poder. Habrá que esperar que los poderosos dejen de serlo para poderlos enjuiciar. Hasta cierto punto es una expresión de impotencia e incapacidad ante la posibilidad de tener un Órgano Judicial que funcione y un Ministerio Publico independiente que pueda y quiera investigar al poder. Y este es un tema que no podemos aplazar. Medidas como la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción evidencian una intención de atrasar indefinidamente ver este problema.

2. Es una licencia para la impunidad porque la ley panameña tiende a caer en la falsa igualdad entre el funcionario que recibe la coima con el ciudadano que paga la coima. “Tan corrupto es el que paga la coima como el que la recibe” dice el dicho popular. Esto tiende a ignorar que existen varios tipos de corrupción y que las relaciones de poder entre funcionarios y ciudadanos no son siempre simétricas.
Existe una corrupción que podemos llamar de privilegio. Donde una persona paga a un funcionario para que no la castiguen con una sanción o multa mucho mayor que el precio de la coima, o donde una persona paga para que la avancen en una fila saltado sobre los demás, que llegaron primero o que tienen más méritos, por ejemplo en una licitación estatal. En este tipo de corrupción se puede argumentar que la persona que corrompe y el funcionario trabajan en igualdad y son igualmente culpables.

Pero luego existe otro tipo de corrupción. En el cual el ciudadano se ve obligado a pagar una coima para que no se le castigue por una falta o delito inexistente o para que se le haga cumplir un derecho legal que el funcionario no quiere cumplir. Ejemplo, el que tiene que pagar para que no se le multe por una infracción de tránsito inexistente, el que tiene que pagar para que su permiso o trámite en una oficina pública, pese a estar correcto en todos los requisitos, no duerma el sueño eterno en un despacho público. Para que su pedido no quede retenido en aduanas indefinidamente. Para que se le dé su cita médica. Esta es la corrupción del día a día que más se ve y se sufre y está basada en una asimetría de poder entre ciudadano y funcionario. Pretender que los dos son igualmente culpables significa que los ciudadanos que tuvieron que pagar las coimas no van a denunciar. Es una licencia para la impunidad.

3. No se examinan otros temas importantes para la lucha contra la corrupción.
La Contraloría General de la Nación debe tener una función preventiva que vaya más allá del control previo. El zar anticorrupción debe ser un funcionario de la Contraloría no del Ejecutivo, y debe entrar a analizar no solo denuncias de corrupción sino los procedimientos que facilitan la corrupción, como la burocracia innecesaria, los trámites complejos, los cuellos de botella en los procedimientos, las filas y colas en los trámites. Debe ser algo así como el General Accounting Office de los Estados Unidos. La mejor manera de evitar la corrupción es evitar los trámites poco transparentes.
No se examina los atrasos e incumplimientos en la Ley de Transparencia por ejemplo, o en la aplicación del gobierno en línea, donde muchas veces los trámites que aparecen en la web, no son los que se piden cuando se llega a la ventanilla. Todas esas son oportunidades de corrupción que no se atienden.

4. No se examina el tema del tamaño del Estado o que el Órgano Legislativo tenga más recursos que el Judicial por ejemplo. Allí está una de las bases de nuestros problemas. Una Asamblea de Diputados que renuncia a su función de control por estar negociando prebendas del Ejecutivo y un Órgano Judicial débil y sin recursos.

Mientras no ataquemos todos estos temas, medidas como la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción serán más bien medidas para sentirnos bien, no para controlar el flagelo.

About the author

Ricardo Soto

Ricardo Soto Barrios, abogado, especialista en políticas públicas, egresado de la Universidad Santa María la Antigua. Políticamente liberal, ha participado en muchos proyectos donde se analizan las políticas públicas de Panamá desde un punto de vista liberal y se proponen alternativas. Ha trabajado en la Policía Nacional de Panamá, el Ministerio de Gobierno, y AMPYME, además de ejercer la práctica privada.

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