El Preámbulo de nuestra Constitución establece en su razón de ser, entre otras: “…con el fin supremo de… asegurar la democracia…”; lo cual gime la pregunta: ¿Y qué con ‘la república’? Si nos llamamos “república”, ¿cómo no dejamos sentado en constitución la defensa de esa institución que es superior a la democracia? John Adams (1735-1826), segundo presidente de los EE.UU., lo explicó de la siguiente manera: “Las personas tienen derechos que anteceden a todos los gobiernos terrenales; derechos que no pueden ser revocados o restringidos por la ley humana; derechos que devienen del Gran Legislador del Universo.” Si lo entendemos bien, veremos que nada en una constitución puede crear derechos; es decir, los derechos los podemos descubrir, pero no crear.
Lo extraordinario de la constitución estadounidense es que nació con apenas siete artículos, a los cuales luego se agregaron 27 enmiendas. Pero lo más trascendental aún es que quienes enmarcaron la constitución estadounidense dejaron claro que el mayor peligro para las libertades vendría a través del gobierno. Por ello fue que las enmiendas fueron redactadas en frases negativas, tales como: no será recortada, infringida, negada, degradada, violada o negada. En otras palabras, hablaron de un ‘estado de derecho’ en dónde todos son iguales ante la ley. Que el poder del gobierno es limitado y descentralizado, mediante un sistema de pesos y contrapesos. Y, que, si el gobierno interviene en los asuntos de la sociedad civil, es con único fin de proteger al ciudadano en contra del fraude y la fuerza, pero no para para intervenir en los casos de intercambios voluntarios y pacíficos. En otras palabras y como ejemplo, no para encargarse de cosas como la educación sino para ver que en ello no se den fraudes. Lástima que ni en los EE.UU. ni en Panamá fueron fieles a ello. Ahora, cuando quien comete fraude es el mismo gobierno, no hay forma de poner cascabel a ese gato.
En escueto contraste, el término “democracia” comúnmente se refiere a un mandato mayoritario; lo cual deja el camino abierto para pensar que la ley es lo que sea que fuese decidido por el gobierno; dado que quien gobierna es el pueblo. ¡Por supuesto!, que el grave peligro en ello es que terminemos con leyes viscerales ausentes de la razón. Más trágico aún es que con demasiada frecuencia vemos que las democracias engendran “derechos” que son vistos como privilegios. Ejemplo patético de ello lo vemos en el Artículo 91 de nuestra constitución que da a los padres de familia el “derecho a participar” en la educación de sus hijos; cuando debía ser todo lo contrario.
Una lectura estudiada de la historia y constitución de los EE.UU. dejará en clara evidencia el desdén que sentían los padres de esa patria por la democracia. O, como señaló Winston Churchill: “…la democracia es la peor forma de gobierno, con excepción de todas esas otras que se han intentado de tiempos en tiempo…”
En nuestra querida Panamá vemos que la democracia es vista como la pugna entre partidos para ver quien se hace con el poder de rapiña para el próximo período. Ello queda en marcado contraste con una república en dónde las minorías no quedan a la merced de las mayorías. Y vuelvo con John Adams cuando advirtió: “Recuerden, las democracias no perduran, pronto se desgastan cometiendo suicidio.” John Marshal lo propuso así: “…la diferencia (entre democracia y república) es análoga a la diferencia entre el caos y el orden.” En síntesis, los fundadores de la república estadounidense entendían muy bien que la democracia les conduciría a la misma tiranía monárquica de la cual habían escapado bajo el rey Gorge III.
Expuesto de otra manera: el sistema democrático, carente de la república, se presta para burlar los mecanismos democráticos o de gobierno por el pueblo; tal como, de hecho, ocurre en nuestro patio. La cruda realidad es lo fácil que una república puede degenerar en una democracia o tiranía de mayorías, que fácilmente se reviste de legitimidad.
En escueto resumen, los términos “democracia” y “república” no son sinónimos, sino, más bien antónimos.
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