Categoría: Marcos Regulatorios

  • Revolut obtiene licencia MiCA en Chipre y refuerza su expansión

    Revolut obtiene licencia MiCA en Chipre y refuerza su expansión

    Revolut, la fintech británica que cuenta con más de 65 millones de usuarios a nivel mundial, ha dado un paso decisivo en su estrategia de expansión en el mercado de criptomonedas al obtener una licencia bajo el Reglamento de Mercados de Criptoactivos (MiCA) de la Comisión de Valores y Bolsa de Chipre (CySEC). Esta autorización le permite ofrecer servicios de criptoactivos regulados en los 30 países del Espacio Económico Europeo (EEE), consolidando su presencia en el mercado europeo.

    Un impulso estratégico para Revolut

    La obtención de esta licencia MiCA refuerza el enfoque de cumplimiento normativo de Revolut, permitiéndole operar de manera legal y transparente en toda la región. La compañía ha destacado que esta autorización es clave para ofrecer productos innovadores en el ámbito de las criptomonedas, asegurando la confianza de sus usuarios y el cumplimiento de las regulaciones europeas.

    Lanzamiento de la plataforma Crypto 2.0

    Como parte de esta expansión, Revolut ha anunciado el lanzamiento de su nueva plataforma «Crypto 2.0», que ofrecerá acceso a más de 280 tokens, staking sin comisiones con rendimientos de hasta un 22% anual y conversión 1:1 entre stablecoins y dólares estadounidenses sin márgenes. Esta plataforma busca proporcionar una experiencia de usuario más completa y competitiva en el mercado de criptoactivos.

    Expansión de Revolut X

    Además, Revolut ha ampliado su plataforma Revolut X, un intercambio de criptomonedas dedicado a traders experimentados. Esta plataforma, que ahora está disponible en 30 mercados del EEE, permite el acceso a más de 100 tokens con bajas comisiones y capacidades de intercambio en tiempo real. Revolut X ha atraído a más de 14 millones de usuarios de criptomonedas a nivel global, consolidándose como una herramienta clave para los entusiastas del trading.

    Implicaciones para el mercado europeo

    La obtención de la licencia MiCA por parte de Revolut representa un hito en la regulación de los criptoactivos en Europa, ya que permite a la fintech operar bajo un marco normativo claro y armonizado en toda la región. Este desarrollo es un indicativo de la madurez del mercado europeo de criptomonedas y de la creciente confianza en las plataformas que cumplen con las regulaciones establecidas.

    La licencia MiCA obtenida por Revolut en Chipre no solo refuerza su posición en el mercado europeo de criptoactivos, sino que también subraya el compromiso de la empresa con la transparencia y el cumplimiento normativo. Con el lanzamiento de su plataforma Crypto 2.0 y la expansión de Revolut X, la fintech está bien posicionada para liderar la próxima etapa de crecimiento en el ecosistema de criptomonedas en Europa.

  • Frente al miedo al reemplazo: una mirada libertaria hacia el futuro del trabajo

    El reciente informe de OpenAI que identifica 44 profesiones potencialmente reemplazables por la inteligencia artificial ha sacudido conciencias y encendido debates en todo el mundo. Para muchos, es el augurio de un desplazamiento masivo, el preludio de extinciones laborales definitivas. Pero desde una postura libertaria crítica al ludismo, no es momento de rechazar el cambio: es el momento de reimaginar la libertad, la innovación y la responsabilidad individual frente a esta nueva ola tecnológica, en definitiva, reimaginar el futuro del trabajo.

    El ludismo renace — y debemos resistirlo

    El ludismo del siglo XXI no empuña martillos contra telares sino discursos que invocan el temor: “La IA nos reemplazará. Rechacémosla o regulémosla drásticamente.” Pero esa mentalidad es una trampa: es negar que la innovación —la libertad de emprender, de crear máquinas para servirnos— ha sido siempre el motor del progreso humano. Intentar detener la IA es querer atrincherarse en el pasado, ignorar que somos seres que inventan su propio destino.

    La posición luddita —o tecnófoba— asume que el statu quo laboral actual es inviolable, y que cualquier disrupción que genere ganadores y perdedores es intrínsecamente injusta. Pero desde el liberalismo clásico entendemos que la libertad implica cambios, riesgos y adaptaciones, no estabilidad perpetua. Las sociedades abiertas no elevan muros ante el cambio tecnológico: lo canalizan con instituciones fuertes, educación flexible y redes de emprendimiento, que justamente ven nuevas oportunidades para complacer ese ocio generado por el ahorro de tiempo que conlleva la tecnología.

    El informe de OpenAI: un espejo, no una sentencia

    El estudio de OpenAI —llamado GDPval— evalúa qué tanto pueden los modelos de IA replicar entregables laborales reales, desde informes legales hasta reportes financieros.  Los resultados resultan llamativos: en profesiones como empleados de mostrador, la IA fue “más eficaz” en hasta un 81 % de las tareas; en desarrollo de software, 70 %; en atención al cliente, 59 %. Pero estos porcentajes deben interpretarse con cautela: miden tareas específicas, no la totalidad del rol profesional. No capturan el juicio humano, la ética, la creatividad, el liderazgo, el contexto social y la intuición que son el dominio humano.

    Además, aunque la IA ejecute ciertas tareas más rápido y barato —un modelo puede “inferir” cientos de veces más rápido— esos cálculos no integran los costos de supervisión, corrección, integración al entorno real y mantenimiento.  En suma: no se trata de un apocalipsis laboral automático, sino de una invitación a rediseñar nuestra relación con el futuro del trabajo y la tecnología.

    Hacia una sociedad de cooperación entre humanos y máquinas

    Desde la libertad, no rechazamos la IA; la aprovechamos. Aquí algunas ideas para encarar esta transición con esperanza:

    1. Educación radicalmente flexible
      No enseñar “para un empleo fijo”, sino cultivar adaptabilidad, pensamiento crítico, habilidades de aprendizaje permanente, innovación y espíritu emprendedor. Un individuo libre debe saber reinventarse cuando cambian las reglas.
    2. Emprendimiento tecnológico libre
      El individuo debe tener libertad para construir, experimentar, desplegar nuevas IA, sin permisos absurdos que frenen la innovación. Que emerjan plataformas, soluciones especializadas, redes cooperativas, inteligencia distribuida.
    3. Seguros voluntarios y mercados de respaldo
      En lugar de depender de una tutela estatal que retenga o regule la IA para “proteger empleos”, pueden crearse mecanismos privados y mutuales: fondos de reconversión, microcréditos, seguros volumétricos, redes de coworking, incubadoras que apoyen la transición laboral.
    4. Instituciones públicas mínimas pero efectivas
      Si existe un papel para lo público, que sea garantizar el estado de derecho, la propiedad, la competencia libre, la transparencia y la defensa de los derechos individuales ante abusos de plataformas dominantes de IA, normalmente generadas por intervenciones del gobierno a la economía con esa excusa..
    5. Conciencia ética descentralizada
      No necesitamos un gran regulador central que dicte qué está permitido y qué no; podemos articular marcos de ética pública, estándares colaborativos y reputación del mercado para contener los abusos sin sofocar la innovación.

    Porque la esperanza está en la libertad

    Que la IA pueda reemplazar el 50 % de las tareas de un periodista no significa que los periodistas dejarán de existir. Significa que deberán evolucionar: profundizar, especializar, aportar creatividad, interpretar, conectar con emociones humanas, hacer lo que las máquinas aún no saben: ser humanos. Tal vez emerjan híbridos laborales: periodistas que sepan programar, artistas que trabajen con algoritmos, técnicos de IA que colaboren con creativos humanos.

    La tecnología no es el enemigo; es una herramienta potencialmente liberadora. La resistencia lúdica —que pretende inmovilizar el cambio— es en realidad una prisión mental: nos condena a permanecer atrás, a temer el futuro. En cambio, desde la libertad podemos situarnos al frente de la ola: pilotear la transición, construir mercados de cooperación humano-máquina, y mostrar que la verdadera prosperidad se funda no en evitar el cambio, sino en adaptarlo al individuo y a la innovación.

    Vivimos un momento de bifurcación: algunos abogan por regulaciones asfixiantes, otros por resignación. Pero quienes creemos en la libertad sabemos que el desafío es mayor: mostrar que el progreso generado por la IA puede elevar la dignidad humana, no someterla. Ese es nuestro optimismo libertario: no abandonamos al trabajador ni al individuo, sino que le compartimos las herramientas intelectuales para que, en esta era tecnológica, sea él quien tenga el poder. Por ahí va el futuro del trabajo.

  • Los Tranques y el Desorden vial no son accidentales sino autoridad corrupta

    Escribo sobre el tema vial desde la perspectiva de haber presidido por cinco años la Comisión Intergremial de Tránsito y Transporte de la Asociación Panameña de Ejecutivos. También con el antecedente de haber escrito ensayos intitulados “Qué Funciona para Cambiar el Comportamiento Vial” y otro intitulado “Retenes y Cateos”; y, vale decir, que no es un tema que abordo sin experiencia en ello. Y también vale acotar que por muchos años fui director de seguridad aérea y que la seguridad aérea y terrestre tienen mucho en común. El asunto es que hoy día, ya pasados mis 80 años, que ya no manejo sino me sacan a las vías, voy en disgusto al ver tanto desorden; desorden que, a todas luces, es producto de una inmensa irresponsabilidad de una entidad que muy mal llamamos “autoridad de tránsito” pues de autoridad no tiene nada, y paso a ampliar.

    La mayoría de los conductores de automotores no son locos o desquiciados, pero… entre esa mayoría existe una fracción que ciertamente podemos llamarles o locos o irresponsables que no creo respetan ni a su madre. Es lo mismo que ocurre en la población en general, en dónde la mayoría procura respetar las normas de convivencia sana y cuerda; pero… está esa minoría que ni siquiera responde ante las multas y es necesario cancelarles las licencias; y si insisten en conducir sin licencia y causan accidentes graves, llegar al confinamiento. El problema o reto en administrar un sistema de educación vial requiere de una legítima y verdadera autoridad; que es lo que no tenemos.

    Fíjense en la imagen que les presento, la cual estuvo en el Corredor Norte (CN) por años. desorden vialUn límite de 25 kph en plena vía y, más adelante, en la rampa de salida un límite de 30 kph. Por años a diario pasaban por allí los agentes de tránsito y, que siga el desorden. Por supuesto que nadie obedecía o peor, en esa época (2011) le preguntaba a vecinos acerca del aviso y nadie lo había visto. Según parece era invisible. Lo que sí ilustra es que era magnífico instrumento de una desordenada educación vial.

    Pero vayamos más allá en el Corredor Norte, que cuando abrió tenían un auto que se paseaba con un letrero que decía: “Paño izquierdo sólo para rebasar”. Ese era el inicio de un programa de educación vial en mano en autopistas, el cual quedó truncado y no pasó a sus siguientes fases, que debieron ser; fase 2, amonestaciones. Fase 3, las citaciones y multas. Fase 4, suspensiones de la licencia. Y, fase 5, al infractor consuetudinario o irremediable, según el caso, la cancelación de la licencia. Todo ello está en el reglamento, no de tránsito sino de adorno.

    Hoy, cuando me llevan desde Las Cumbres al centro o Costa del Este no veo un agente. Y si lo veo, típicamente es cometiendo el delito de retenes coimeros. ¿Creen ustedes que las autoridades superiores, el director de la ATTT, en ministro y más arriba, no están al tanto de esta barbaridad? Del hecho de que muchos agentes de la ATTT no pasan de ser asaltantes de camino, que nada hacen por la seguridad vial.

    Hace años estuvo en Panamá Mart Laar, dos veces primer ministro de Estonia, invitado por nuestra empresa. Un día, en mi auto y en el desorden, le pregunté: “¿Tienes este problema en Estonia?” Me contestó: “Teníamos, despedimos 1/3 de los agentes, entrenamos y equipamos al resto y hoy el ordenamiento vial es impecable”. Estonia, que tenía un IPC menor que el de Panamá en la época con Rusia, hoy día nos dejó en la polvareda de su desarrollo y ordenamiento.

  • Oracle, TikTok y la encrucijada del algoritmo: ¿solución real o maquillaje regulatorio?

    Este mes, tras años de disputas y presiones legales sobre TikTok y su matriz china ByteDance, surge una posible solución que pretende resolver las preocupaciones de seguridad nacional de Estados Unidos sin llegar al extremo de un impedimento total de uso: un acuerdo en el que Oracle ejercerá un rol central en el control del algoritmo de recomendación («recommendation engine»), aunque no necesariamente adquiriendo el control total sobre él.

    Lo que se propone

    Básicamente, el plan contempla la creación de una entidad estadounidense que tenga la mayoría de participación en las operaciones de TikTok en EE.UU., con inversores como Oracle, Silver Lake y Andreessen Horowitz liderando ese consorcio. ByteDance mantendría una participación minoritaria. Además, se prevé que Oracle proporcione servicios de seguridad, gestione los datos de los usuarios estadounidenses y supervise el algoritmo para garantizar que no haya puertas traseras (backdoors) o influencias indebidas desde China.

    También se menciona que se licenciaría el algoritmo, o se recrearía una versión del mismo bajo supervisión estadounidense, con un nuevo directorio mayoritariamente norteamericano.

    Tensiones legales y críticas

    Aunque parece un avance pragmático, hay varios retos y críticas que ponen en duda si esto realmente garantiza seguridad o si simplemente sirve para salvar las apariencias:

    1. Control real vs. control nominal
      Aunque Oracle y otros inversores estadounidenses tendrían roles de supervisión, críticos advierten que mantener a ByteDance con alguna participación y preservar la licencia del algoritmo pueden significar que el «corazón» de TikTok permanezca bajo influencia china. Eso podría entrar en conflicto con leyes estadounidenses que exigen que aplicaciones con potencial de control extranjero no tengan ningún mecanismo que permita tal influencia.

    2. Cumplimiento legislativo
      El Congreso estadounidense aprobó leyes que exigen que ByteDance divida su participación o transfiera completamente ciertas funciones críticas, especialmente la operación del algoritmo de recomendación, para evitar riesgos de propaganda, espionaje o manipulación de información. Cualquier acuerdo debe respetar esas leyes, o enfrentará desafío judicial.

    3. Auditoría, auditoría y más auditoría
      Una parte esencial del acuerdo será asegurarse de que el código fuente del algoritmo pueda ser auditado, que Oracle tenga visibilidad y capacidad para supervisar actualizaciones, y que no existan backdoors ocultas que permitan acceso no autorizado.

    4. Riesgo de complacencia política o interpreta­tiva
      Algunos legisladores advierten que el gobierno podría interpretar de forma laxa los términos del acuerdo, permitiendo licencias o concesiones que en la práctica mantengan control extranjero encubierto. También está la presión de lograr un arreglo rápido para evitar el ban de TikTok mientras se obtienen ventajas políticas.

    Impactos potenciales

    • Usuarios y privacidad: Si bien se promete mayor protección de datos, el control algorítmico significa que se tiene que asegurar que los datos de usuarios no sean accesibles por partes no autorizadas. Las jurisdicciones tienen estándares distintos, y el riesgo está en que, aunque los servidores estén en EE.UU., quien codifica o mantiene el algoritmo (o lo licencia) pueda tener influencia externa.

    • Innovación tecnológica: Podría forzar a ByteDance a separar funciones, lo que podría generar versiones distintas del algoritmo para EE.UU. vs resto del mundo, con costos técnicos, de mantenimiento y coherencia de servicio.

    • Precedente regulatorio: Este caso podría establecer una norma de cómo los gobiernos abordan riesgos de seguridad nacional relacionados con algoritmos, propiedad intelectual, licencias y derechos de autor, así como la soberanía tecnológica.

    Puntos críticos

    El acuerdo con Oracle puede verse como un compromiso posiblemente necesario para evitar un baneo, pero no necesariamente una solución limpia. La clave será que los documentos legales sean claros, que los términos aseguren vigilancia continua, transparencia, auditorías independientes, y que los intereses de seguridad nacional prevalezcan sobre presiones políticas. Si todo eso falla, podríamos terminar con un esquema de control externo disfrazado, que no resuelva los problemas reales que motivaron la regulación.

    En definitiva: este posible trato podría ser un paso hacia un mejor equilibrio entre seguridad, soberanía tecnológica y protección de derechos, pero solo si se implementa de forma robusta, clara y responsable. Lo que podría marcar la diferencia no es solo lo que se acuerde, sino cómo se vigile que se cumpla.

  • Chat Control en la UE: implicaciones legales y técnicas para la privacidad en la era de Web3

    En este mes, el debate sobre el Reglamento para Prevenir y Combatir el Abuso Sexual Infantil (conocido como Chat Control) ha entrado en una fase decisiva dentro de la Unión Europea. El proyecto normativo plantea un dilema clásico: ¿cómo garantizar seguridad infantil sin desmantelar el cifrado y derechos fundamentales de privacidad? El resultado de este debate marcará la arquitectura regulatoria de las comunicaciones digitales en Europa y, potencialmente, a nivel global.

    1. Marco legal europeo

    El Chat Control debe interpretarse a la luz de:

    • Carta de Derechos Fundamentales de la UE: artículos 7 (respeto de la vida privada y familiar) y 8 (protección de datos personales).
    • Reglamento General de Protección de Datos (GDPR): establece principios de proporcionalidad, minimización de datos y finalidad. Un escaneo masivo previo al cifrado difícilmente cumpliría con la exigencia de “minimización” ni con la noción de consentimiento libre e informado.
    • Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE: fallos como Digital Rights Ireland y La Quadrature du Net han declarado ilegales medidas de vigilancia generalizada sin criterios de necesidad y proporcionalidad estrictas.

    Desde esta óptica, varios juristas sostienen que el client-side scanning propuesto constituye una forma de intervención generalizada, incompatible con la doctrina del TJUE.

    2. Implicaciones técnicas

    • Client-side scanning (CSS): obliga a introducir software en el dispositivo del usuario capaz de escanear imágenes, videos y mensajes antes del cifrado de extremo a extremo. Esto introduce una vulnerabilidad sistémica: cualquier “puerta” creada para detectar CSAM puede ser reutilizada para otros fines (espionaje político, censura).
    • Falsos positivos: estudios de 2024–2025 estiman que los algoritmos de detección de CSAM, especialmente los entrenados para identificar contenido “nuevo”, presentan tasas de error que podrían sobrecargar a las autoridades con reportes irrelevantes y, al mismo tiempo, criminalizar erróneamente a usuarios inocentes.
    • Impacto en servicios cifrados: plataformas como Signal y WhatsApp han advertido que implementar CSS equivale a romper el end-to-end encryption en su núcleo, lo que dañaría la confianza global en sus servicios.

    3. Gobernanza y soberanía tecnológica

    Si se aprueba, el reglamento afectará no solo a empresas europeas sino a proveedores globales que operen en territorio de la UE. Esto plantea dudas sobre:

    • Soberanía digital: ¿deben empresas no europeas aceptar introducir software de escaneo en todos sus clientes europeos?
    • Extrateritorialidad: ¿puede la UE exigir a proveedores de terceros países adoptar estándares que debiliten su cifrado universal?
    • Competitividad: desarrolladores europeos de mensajería segura podrían enfrentar desventajas frente a proyectos descentralizados, más difíciles de regular.

    4. Web3 como respuesta estructural

    El auge de protocolos descentralizados y sistemas basados en blockchain ofrece una vía de “privacidad por diseño”:

    • Cifrado end-to-end nativo, con llaves bajo custodia exclusiva del usuario.
    • Resiliencia regulatoria: al no depender de servidores centralizados, resulta más difícil imponer escaneos obligatorios.
    • Riesgos asociados: la descentralización no elimina abusos; plantea nuevos retos de gobernanza, trazabilidad y responsabilidad legal.

    5. Escenarios previstos

    • Político: Alemania es el actor clave. Si respalda la propuesta, se alcanzaría la mayoría calificada en el Consejo. Sin su apoyo, el reglamento podría estancarse.
    • Judicial: incluso si se aprueba, se anticipan demandas de inconstitucionalidad ante el TJUE.
    • Tecnológico: podría acelerar la fuga de usuarios hacia soluciones Web3 o apps descentralizadas con foco en privacidad.

    El Chat Control, tal como está planteado, tensiona la relación entre seguridad y privacidad en el corazón del derecho europeo. Desde la perspectiva jurídica, enfrenta serios obstáculos de compatibilidad con la Carta de Derechos Fundamentales y con el GDPR. Desde lo técnico, socava el principio mismo del cifrado. Y desde lo político, podría ser el catalizador que acelere la migración hacia una Web3 más centrada en el control individual de los datos.

    Entonces, la pregunta no es solo si la UE aprobará el reglamento, sino si sus ciudadanos —y las empresas tecnológicas— lo aceptarán como legítimo. La respuesta podría redibujar la frontera entre vigilancia estatal y privacidad digital en la próxima década.

  • Banco de Inglaterra y los stablecoins: ¿límite prudente o barrera para la innovación?

    El crecimiento explosivo de los stablecoins —criptomonedas vinculadas a monedas fiat o activos reales para reducir volatilidad— ha encendido las alarmas de los reguladores globales. En el Reino Unido, el Banco de Inglaterra (BoE) ha propuesto imponer límites a la propiedad de stablecoins sistémicos: entre £10,000 y £20,000 por individuo, y aproximadamente £10 millones para empresas.

    ¿Por qué estos límites?

    El Banco de Inglaterra justifica la medida ante preocupaciones de estabilidad financiera: si muchas personas o compañías transfieren depósitos bancarios hacia stablecoins, podría debilitarse la capacidad de los bancos para otorgar crédito, mantener liquidez y sostener la confianza en el sistema financiero formal. También menciona el riesgo de flujos masivos de salida de recursos, sobre todo si un stablecoin crece rápido hasta volverse un sistema de pagos ampliamente usado.

    El BoE ha señalado que estos topes son potencialmente “transicionales”, diseñados para mitigar riesgos mientras se desarrollan marcos regulatorios más robustos.

    Reacciones desde el sector cripto

    La oposición ha sido fuerte:

    • Practicidad vs. imposibilidad operativa: Simon Jennings (UK Cryptoasset Business Council) afirma que imponer estos límites será extremadamente difícil de vigilar y aplicar, considerando la naturaleza descentralizada, el uso de múltiples billeteras, exchanges y jurisdicciones internacionales.

    • Desventaja competitiva: Tom Duff Gordon de Coinbase destaca que ningún otro país importante ha adoptado un régimen de limitación de propiedad de stablecoins. Las reglas podrían perjudicar a ahorristas, al «City» londinense como centro financiero global, y a la libra esterlina.

    • Inconsistencia regulatoria: miembros de la industria como Riccardo Tordera-Ricchi señalan que no hay límites equivalentes para el efectivo ni para las cuentas bancarias tradicionales, lo cual parece generar arbitrariedad en el tratamiento legal.

    Datos del mercado y comparativas internacionales

    • El mercado global de stablecoins anda cerca de US$280-300 mil millones.

    • Tether (USDT) y Circle (USDC) dominan ese mercado, juntos controlando alrededor del 80 % del total.

    • En Europa, la regulación MiCA (Markets in Crypto-Assets) ya está en vigor para ciertos aspectos, enfocándose en reservas, gobernanza, transparencia, requisitos para emisores de stablecoins, etc., pero sin imponer límites de propiedad individual como los que propone el BoE.

    • En Reino Unido, la FCA (Financial Conduct Authority) viene preparando reglas que regulen a los emisores de stablecoins calificados (“qualifying stablecoins”) como instrumentos parecidos al dinero, más que como productos de inversión, y contempla obligaciones de redención con valor par al fiat, así como estándares de respaldo, gobernanza y custodia.

    Los riesgos del enfoque restrictivo

    Implementar los límites podría provocar varios efectos secundarios no deseados:

    1. Expulsión (“flight”) de empresas: compañías podrían trasladar operaciones a jurisdicciones con marcos regulatorios más flexibles, disminuyendo inversión, innovación y puestos de trabajo en Reino Unido.

    2. Reducción en adopción de pagos digitales eficientes: stablecoins tienen potencial para agilizar pagos transfronterizos, reducir costos, y ofrecer alternativas al sistema bancario tradicional; límites rígidos podrían retardar esos beneficios.

    3. Desigualdad regulatoria: tratar diferente al usuario de stablecoins frente al que usa efectivo o depósito bancario podría percibirse como injusto, y generar litigios o conflictos regulatorios.

    4. Obstáculos técnicos y de supervisión: la imposibilidad práctica de saber cuántos stablecoins posee alguien si se utilizan múltiples plataformas, wallets anónimos o fuera de la jurisdicción. Establecer sistemas de identificación digital robustos tiene costos elevados.

    Hacia dónde va esto

    El BoE tiene programada una consulta pública que permitirá recibir feedback sobre las propuestas. Dependiendo de las respuestas de la industria, y de la presión política y económica, los límites podrían revisarse, ajustarse o incluso descartarse si se demuestra que los riesgos reglamentarios y económicos superan los beneficios.

    El reto para el Reino Unido será equilibrar:

    • la protección financiera y la estabilidad, frente a

    • la necesidad de innovación, competitividad internacional, eficiencia de pagos, y adopción tecnológica.

    Cómo este debate se resuelva definirá si Reino Unido sigue siendo líder en finanzas digitales o si comienza a perder terreno ante EE. UU., la UE y otras regiones que ya tienen marcos regulatorios más avanzados o con mayor claridad.

  • El Cateo Ilegal

    “Cateo” viene del latín “captare”, de coger o buscar; tal como ocurre con la búsqueda de vetas auríferas en minas y tal. También el uso ha llevado el término a referirse la búsqueda de evidencias relacionadas con delitos. Pero, lo que no es legal es la detención y cateo en ausencia de delitos o razonable sospecha de ello. Sin embargo, no es nada rara esa actuación policial en Panamá y la pregunta sería ¿por qué lo hacen? La respuesta la encontraremos en una historia de gobernanza desmedida y corrupta que nuestra gente ha apadrinado a través de los siglos.

    Una organización policial que permite a sus agentes cometer semejantes delitos sin ningún resquemor dice mucho acerca de la corrupción endémica que traemos en el DNA en este hermoso istmo. Es así, ya que las autoridades no pueden desconocer semejante práctica; la cual se da con peatones y conductores de autos. Y las excusas que dan son ¡baladí!; termino de origen árabe que significa “tierra”, o digo yo… “mugre”.

    Alegan algunos que la detención, con demanda de identificación y cateo se justifica como herramienta para pescar delincuentes. ¡Qué lindo!, considerando que en tales actos el delincuente es el agente de policía. Esa no es la manera de pillar delincuentes; y al respecto doy un ejemplo: Si los agentes de tránsito se dedicaran a patrullar y pescar a los infractores crónicos, verían que entre ellos están los malandrines. Triste que a menudo los malandrines son los de la ATTT.

    Vayamos al fondo jurídico… tal como el caso de Jennings versus Smith, en que se demandó por pedido ilegal de identificación a un pastor negro. El pastor regaba el jardín de su vecino que se había ido y le pidió el favor. Una vecina vio al pastor y llamó a la policía, que llegó e interrogó al pastor; quien explicó el caso, pero igual le pidieron identificación y el pastor se negó. Imagínense, que para salir a regar el jardín del vecino tienes que llevar cédula o tal. En fin, el caso fue hasta la Corte Suprema de Alabama, la cual falló en contra de pedir identificación cuando no media falta ni delito de por medio.

    Entonces, regresemos a Panamá en dónde a mi hermano en dos ocasiones que fue detenido sin mediar causa se negó a presentar su licencia. En el primer caso fue un agente motorizado que insistió y mi hermano le declaró arresto al agente; el cual salió en corriendo, se montó en su moto y se dio a la fuga. En el segundo caso lo detuvieron en un retén, de esos que se hacen fuera de norma: “Su licencia.” “¿Por qué?” “¡Su licencia!” Mi hermano cerró la ventana. Lugo vino un sargento y luego un teniente; este último le preguntó: “¿Qué ocurre señor?” “Que me piden la licencia y cuando pregunto por qué no me dan razón.” El teniente: “Señor, ¡váyase, váyase!” ¿No les dice esto algo mis estimados lectores?

    El meollo o tuétano del asunto es que en una población en donde no se respeta a los ciudadanos o extranjeros el bienandar anda trastabillando, ese que nace con el respeto a la libertad, es que es lo primero que aparece en el Preámbulo de nuestra malísima constitución; la cual, al menos, en eso no anda mal al decir:

    “Con el fin supremo de fortalecer la Nación y garantizar la libertad…”

    Es simple, cuando el mal ejemplo lo apadrinan las autoridades que permiten o hasta andan en contubernio con sus agentes, es análogo a los padres de familia que no enseñan el bienandar as sus hijos.

  • Google Play exige licencia bancaria para wallets: ¿seguridad o cerrojo al mercado libre?

    En agosto de 2025, Google Play anunció una nueva política que podría transformar profundamente el ecosistema de las aplicaciones de criptomonedas. A partir del 29 de octubre, solo los desarrolladores con licencia bancaria o equivalentes podrán listar apps wallets en su tienda en más de 15 jurisdicciones clave, incluyendo Estados Unidos, la Unión Europea, Reino Unido, Canadá y Japón.

    En EE. UU., los desarrolladores deberán registrarse como Money Services Business (MSB) ante FinCEN y obtener licencias estatales de transmisor de dinero, o bien actuar como bancos autorizados. En la UE, deben contar con autorización como Crypto-Asset Service Provider (CASP) bajo el marco MiCA. Lo preocupante para muchos es que no se hacen distinciones claras entre wallets custodiales —que guardan los activos del usuario— y no custodiales —donde el usuario retiene el control total de sus fondos.

    Desde una perspectiva libertaria, esta medida despierta alarmas por varias razones:

    1. Reducción de la competencia y centralización forzada: al requerir licencias costosas, se favorece a grandes empresas ya establecidas, mientras que pequeños desarrolladores, proyectos de código abierto y wallets orientadas a la privacidad quedan marginados. Así, se obstaculiza el florecimiento de alternativas descentralizadas.
    2. Regulación encubierta a través de plataformas privadas: esta no es una regulación estatal, sino una imposición indirecta de un actor privado con enorme control sobre la distribución móvil. Google asegura querer “proporcionar un entorno seguro y conforme”, pero la realidad es que está actuando como regulador de facto, sin pasar por debate legislativo ni rendición de cuentas clara.
    3. Sobre-regulación: el hecho de que FinCEN en 2019 reconociera que las wallets no custodiales no son transmisoras de dinero —por tanto, no requieren registro como MSB— choca frontalmente con el nuevo enfoque de Google, que obliga igual cumplimiento a todas las wallets.

    Wallets concretas afectadas

    • MannaBitcoin (Manna Wallet): Se trata de una wallet no custodial de Bitcoin. Su fundador, Adam Simecka, denunció que Google la deslistó sin previo aviso, eliminó reseñas de cinco estrellas y la hizo desaparecer de los resultados de búsqueda. Aunque no requiere custodia, sufrió los efectos colaterales de la política ambigua.

    • Samourai Wallet: Reconocida wallet no custodial centrada en privacidad, ya fue removida previamente por supuestas investigaciones federales (aunque FinCEN indicó que no necesitaba registro MSB). La nueva política amenaza su disponibilidad estable.

    • Wallets históricos de 2018: Google silenciosamente removió varias wallets conocidas, como Bitcoin Wallet (de Bitcoin.com), CoPay (de BitPay) y BitPay mismo. Este episodio no estaba relacionado con licencias, sino probablemente con confusiones tras prohibiciones a apps de minería.

    • Falsas apps maliciosas: Aunque no derivadas de la política, merece mencionarse que existen wallets fraudulentas que imitan servicios legítimos y han sido removidas tras estafas. Por ejemplo, una app falsa de WalletConnect drenó más de US$70 000 antes de ser retirada, y otras imitaron marcas como Daedalus.

    En respuesta a las críticas, Google aclaró en X que las wallets no custodiales no estarían en el alcance de la política, y que el Centro de Ayuda será actualizado para reflejar esa distinción. Pero dicha aclaración llega después de que el cambio generó incertidumbre, llevando a varias apps a autodeslistarse por temor a incumplimientos imposibles de asumir. Y aunque se reconozca la distinción, nada garantiza que no se mantenga la barrera de entrada para nuevos actores.

    Desde un punto de vista libertario, que defiende el libre mercado, la innovación abierta y los derechos individuales, esta medida representa un retroceso:

    • Atenta contra la libertad de creación: imponer requisitos de licencias que normalmente no se exigen para desarrolladores de software (sin que manejen dinero de terceros) crea una brecha inédita en el mundo del desarrollo móvil.
    • Amenaza la privacidad financiera: muchas wallets no custodiales son invaluablemente útiles para quienes buscan soberanía sobre sus finanzas. Exigir registros KYC/AML convierte aplicaciones que solo muestran el saldo del usuario en instrumentos más intrusivos.
    • Refuerza los monopolios tecnológicos: si solo las grandes, corporaciones con recursos legales y financieros pueden cumplir, se consolida un oligopolio de apps reguladas y homologadas, a expensas de la pluralidad del ecosistema.

    En definitiva, aunque la intención de proteger a los usuarios puede parecer legítima, el camino elegido echa por tierra principios esenciales de libertad económica y privacidad. La puerta al mercado se convierte en un portón blindado, impedimento para quienes buscan innovar sin ceder su independencia.

     

  • Jack Ma y Brandon Park : conservación desde el mercado

    Un santuario que redefine el futuro de la conservación

    Contra las creencias generalizadas que señalan a los empresarios como destructores o poco apegados al medio ambiente, algunos lo quieren proteger. En esta ocasión, el mundo se conmueve al conocer que un multimillonario chino, Jack Ma, crea un santuario silvestre, sólo enfocado en la conservación y demostrando que las grandes fortunas también pueden usarse para preservar la naturaleza.

    En junio de 2015, Jack Ma, cofundador y expresidente ejecutivo de Alibaba, adquirió una vasta propiedad de 28 100 acres (aproximadamente 114 km²) en los Adirondacks (Nueva York) por unos 23 millones de dólares. El terreno, denominado Brandon Park, incluye más de 9 millas del río St. Regis, múltiples lagos, arroyos, bosques, estanques para trucha y una cabaña tradicional.

    Esta propiedad formaba parte del legado del magnate William A. Rockefeller Jr., y luego perteneció a la familia Du Pont; fue puesta a la venta entre 2012 y 2014, con un precio inicial de 28 millones que finalmente bajó a unos 22,5 millones .

    Jack Ma realizó la compra a través de una entidad legal denominada New Brandon LLC y planea gestionar el terreno mediante una fundación sin fines de lucro, con el objetivo principal de conservar el entorno natural,  proteger la biodiversidad y evitar la destrucción por industrias madereras y mineras y también lo utilizará como retiro ocasional.

    Este paso representa su primera inversión en conservación fuera de China, coherente con su historial filantrópico en el país, donde ha impulsado iniciativas como la Sichuan Nature Conservation Foundation, la Laohegou Nature Reserve y una fundación con endowment de 3 000 millones de dólares.

    Soluciones de mercado en conservación

    Desde la óptica libertaria, el caso de Brandon Park ilustra cómo la propiedad privada y el compromiso voluntario son poderosos para la conservación de la naturaleza. Al adquirir el terreno, Jack Ma evita que se someta a actividades extractivas como la tala o minería, preservando el ecosistema sin necesidad de intervención estatal directa.

    Además, su enfoque ejemplifica cómo los incentivos del propietario alineados con el valor intrínseco del ecosistema posibilitan una gestión responsable y duradera que no dependa de imposiciones reglamentarias, sino de valores compartidos y conciencia personal.

    La tragedia de los comunes y el rol del mercado

    La teoría de la tragedia de los comunes alerta sobre cómo los recursos no privatizados, como bosques o ríos, generalmente son degradados por la sobreexplotación colectiva. En este caso, Brandon Park, bajo propiedad privada, está a salvo del deterioro que provoca la gestión común sin coordinación eficaz.

    Desde esta perspectiva, el mercado y la propiedad privada no solo permiten, sino que son necesarios para conservar bienes naturales que, de otra forma, podrían ser sobreexplotados.

    Parques concesionados como modelo mixto

    Un paralelismo útil aparece en el Parque Kruger de Sudáfrica, donde el Estado ha otorgado concesiones de caza controlada a empresas privadas. Aunque suene contraintuitivo, este modelo ha permitido proteger especies clave, como los rinocerontes, gracias a las inversiones y gestión eficiente de los concesionarios.

    Propiedad privada para la conservación

    La compra de Brandon Park por Jack Ma no solo es un ejemplo notable de filantropía medioambiental, sino también una muestra de la efectividad del orden espontáneo del mercado para la conservación ecológica. La propiedad privada, sustentada en incentivos alineados, puede superar con creces modelos centralizados y estatales en términos de eficiencia y adaptabilidad.

    En un mundo donde el Estado monopoliza con frecuencia la protección del medio ambiente, casos como este invitan a reflexionar sobre alternativas basadas en la libertad económica, el respeto por la propiedad privada y la colaboración voluntaria.

  • Veredicto parcial a Roman Storm: un signo preocupante para la privacidad y la libertad del código

    Ayer, un jurado federal en Manhattan emitió un veredicto parcial en el caso del co‑fundador de Tornado Cash, Roman Storm, encontrándose impedido de llegar a consenso sobre los cargos más graves de lavado de dinero y evasión de sanciones. Sin embargo, fue hallado culpable únicamente de haber operado un servicio de transmisión de dinero no autorizado, lo que puede acarrear hasta cinco años de prisión.

    ¿Qué ocurrió?

    El juicio giraba en torno a acusaciones de que Tornado Cash facilitó el lavado de más de mil millones de dólares, incluyendo fondos vinculados al grupo Lazarus de Corea del Norte. Los fiscales alegan que Storm sabía del uso ilícito del protocolo y se lucró de ello. En respuesta, la defensa sostuvo que él solo escribió un software descentralizado; que no controla cómo se usa y que no intentó apoyar actividades criminales.

    La “victoria parcial” sobre la privacidad

    Previo a la deliberación, la jueza Katherine Polk Failla permitió que la defensa incluyera argumentos sobre motivaciones de privacidad, aunque prohibió apelaciones al término legal “derecho a la privacidad”. Esto ha sido interpretado como un reconocimiento limitado de que el software puede desarrollarse por convicción, no por ánimo criminal, pero sin otorgar un amparo constitucional completo.

    Implicaciones para el movimiento cypherpunk y el software libre

    Desde comunidades cypherpunk y defensoras del software libre, este fallo genera gran preocupación: ¿puede un desarrollador ser penalizado por el uso que hagan otros de su código? Si la respuesta es sí, muchas herramientas legítimas podrían volverse criminalizables.

    La comisionada de la SEC, Hester Peirce, ha advertido que los desarrolladores de código abierto no deben responder legalmente por cómo lo usan los usuarios. Apelando a precedentes de la criptografía (como el caso de PGP en los años 90), subraya que si se persigue a creadores neutrales, la innovación tecnológica se vería seriamente amenazada.

    El sentir de la comunidad

    Activistas y defensores ven este juicio como un precedente peligroso. Aunque el jurado no condenó por los cargos más graves, la culpabilidad por operar un servicio sin licencia ya representa una señal inquietante para quienes desarrollan herramientas de privacidad descentralizadas. Los desarrolladores de Tornado Cash recaudaron millones en apoyo legal dentro del gremio criptográfico, lo que simboliza un fuerte respaldo comunitario.

    Además, el juicio interroga directamente si programar anonimicidad o privacidad puede ser criminalizado dependiendo del uso que le den terceros.

    ¿Una noticia alentadora?

    No lo es. Aunque Roman Storm evitó condenas por los cargos más devastadores, la sentencia parcial y la presión legal ejercida por las autoridadeds constituyen un aviso para desarrolladores y defensores de tecnologías descentralizadas.

    El mensaje se percibe claro: cualquier herramienta que dificulte el rastreo financiero puede convertirse en objeto de persecución, incluso si su creador no promovió usos ilegales. Esto genera un clima de inseguridad jurídica para software libre, DeFi y proyectos orientados a proteger la privacidad.

    La sentencia parcial de Roman Storm pone el foco sobre un tema central para la cultura cypherpunk: la responsabilidad penal por escribir código. Aunque esta vez los cargos más severos quedaron sin cerrar, el hecho de que una persona sea declarada culpable por mantener en funcionamiento un protocolo descentralizado ya marca un duro precedente. A ojos de activistas por la libertad como nosotros, la privacidad y los desarrolladores de software libre, no son noticias alentadoras.